viernes. 19.04.2024

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a 12 años y medio de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de su sobrina de tres años, grabarlo y guardarlo en su teléfono móvil, junto a otros 3.755 archivos digitales con imágenes de menores desnudos o manteniendo relaciones sexuales con adultos.

La Audiencia considera al acusado, en prisión desde que fue detenido el 13 de enero de 2107, autor de un delito de abuso sexual continuado, por el que le impone 5 años y un día de cárcel; y de dos delitos de corrupción de menores, por los que le condena a seis años y un año y medio de prisión, respectivamente.

La sentencia declara probado que el acusado, que fue juzgado por estos hechos el pasado mes de enero, abusó de la niña la tarde-noche del 22 de agosto de 2015 cuando se encontraba al cuidado de ella en la casa en la que el condenado vivía en Colindres junto a los abuelos de la pequeña.

La Fiscalía pedía 22 años de prisión

Ese día la menor se quedó a dormir en la vivienda y compartió habitación con su tío, lo que éste aprovechó para realizarle tocamientos en el pecho, glúteos y genitales, algunos con su pene. Ya a la mañana siguiente, el hombre se masturbó y eyaculó sobre la niña, que no ha sufrido secuelas por estos hechos, al no ser consciente de ellos. El acusado grabó dos vídeos y realizó más de 40 fotografías mientras realizaba estas acciones, aprovechando que la niña estaba dormida.

Los hechos quedaron al descubierto cuando el hombre compartió a través de su perfil de twitter archivos de carácter pedófilo, lo que esta red social puso en conocimiento de la ONG estadounidense Centro Internacional de Niños Explotados y Desaparecidos (NCMEC por sus siglas en inglés), que a su vez lo comunicó a las autoridades españolas.

La sentencia destaca las numerosas pruebas existentes para demostrar la autoría del acusado, que se negó a declarar en el juicio de los hechos por los que se le condenan y por los que la Fiscalía pedía 22 años de cárcel.

Sin embargo, la Audiencia impone seis años para uno de los delitos de corrupción de menores, frente a los nueve que pedía el fiscal; y año y medio para el otro, en lugar de los siete y medio que reclamaba el ministerio público, al aplicar en el caso de una fotografía la agravante de hechos degradantes o vejatorios, lo que el tribunal no comparte por carecer la imagen de "la nitidez suficiente".

Además de las penas de prisión, la Audiencia impone al pedófilo la prohibición de acercarse o comunicarse con su sobrina por un periodo de 15 años. Además, cuando salga de la cárcel, estará en libertad vigilada durante siete años. La sentencia también le inhabilita para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores durante diez años.

En materia de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicitó una indemnización para los padres de la menor por el daño moral sufrido, pero la Audiencia no la concede debido a que en el juicio estos renunciaron a dicha reclamación.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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