sábado. 20.04.2024

Historias para no dormir de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en la Magdalena

El primer día del curso acaba con esa sensación de tristeza cuando te consideras víctima de actuaciones jurídicas y administrativas que tanto daño han hecho y están haciendo a nuestra Comunidad.

Era un día de abril, después de llover durante toda la semana el tiempo levantaba. Con el amigo Ciriaco nos fuimos a uno de los lugares más hermosos de Santander, la península de la Magdalena, donde apetece más disfrutar del bello entorno que escuchar ponentes, por muy interesantes que puedan ser, sobre algo "tan atractivo" como el recurso de casación autonómico en el orden contencioso-administrativo dentro del XVII curso sobre la Jurisdicción Contencioso Administrativa  y su relación con otras jurisdicciones, vamos todo un planazo, pero nobleza y aumentar los conocimientos en esta materia obliga. No hay que ser desconsiderado con quienes con mucho trabajo las han organizado: Rafael Losada, Belén Navarro...

Por allí, una fugaz presencia del Presidente Revilla nos habló del Beato de Liébana, por un momento nos hizo pensar que también fue el padre de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ya se sabe, las cosas del Sr. Revilla, le das un micrófono y te cuenta la reconquista como si él hubiera estado allí y les enseñara la estrategia militar...todo ello en versión popular. Acompañado por su Consejero de Presidencia, Rafael de la Sierra, dio por inaugurado el citado curso.

El primer ponente, un viejo conocido en Cantabria, ha ocupado la Presidencia de la Sala de Contencioso-Administrativo y la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia en esta Comunidad, hoy Magistrado en el Tribunal Supremo, César Tolosa. Hombre afable, de verbo fácil, oratoria fina y precisa, a pesar de ello nos soltó un tubo, con perdón, sobre "la jurisdicción contencioso-administrativa y el TJUE, vías de acceso y eficacia de sus sentencias sobre los actos nacionales" para los muy iniciados, no fácil de digerir por mentes no expertas en la materia, eso sí, con su elegancia habitual. A nosotros siempre nos quedan sus resoluciones en esas sentencias que tanto nos afectan.

Las cosas del Sr. Revilla, le das un micrófono y te cuenta la reconquista como si él hubiera estado allí

A continuación, el Profesor Javier Barcelona, del departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Cantabria, expuso sobre "la jurisdicción contencioso-administrativa y el TEDH" , un tema mucho más ameno. Nuestra Asociación AMA todos los años hace un acto de apoyo a los Derechos Humanos e incluso conseguimos poner a una calle este nombre en el municipio de Argoños. Intentamos hacer lo mismo en todos los municipios de Cantabria y de nuestro país por la importancia de los mismos, cuando el Presidente de la Federación de Municipios era el hoy Ministro de Fomento y ex-alcalde de Santander Iñigo de la Serna, mas nos contestaron que verdes las han segado, que eso no era de su negociado. Volviendo a las jornadas de la Magdalena, el Profesor Barcelona realizó una brillante exposición que nos dio pie a preguntarle sobre una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de enero de 2017, en la cual se condenaba a nuestro país. La causa de la condena, unos abuelos no habían podido ser parte en el proceso judicial que acabó con el derribo de su vivienda en Sanxenxo, Pontevedra, con la consiguiente indefensión que ello les había producido.

Recordaba como en Cantabria las familias víctimas de las sentencias de derribo tampoco han podido ser parte en los procesos judiciales, sufriendo la misma injusticia que estos abuelos de Sanxenxo. Han pasado tantos años que el plazo de seis meses expiró en la noche de los tiempos, y con ello se cerraron las puertas del TEDH. Después de décadas esperando una solución, la reparación del daño causado, con una situación de secuestro del patrimonio, donde los afectados ni pueden transmitir el mismo, e hipotecariamente carecen de valor, preguntaba – "si había posibilidad en aplicación el artículo 17 de la DUDH (derecho a la propiedad), de poder abrir alguna vía a la protección del Tribunal de Europeo de Derechos Humanos". A lo que el ponente respondió con un tajante "no", que nos dejó helados, aunque posteriormente fue matizando, desgranando medidas, actuaciones, ... que daban pistas para ver algo de luz, eso sí, en un largo y complicado camino, con el fin de que conociera el TEDH la grave situación que viven estas familias

En ese hermoso paraje, con el sol iluminando la playa donde varios jóvenes jugaban a palas, entrar a las 5 de la tarde en el auditorio para seguir con el curso, también tenía delito, lo que no es seguro es si era penal o infracción administrativa. Para sacarnos de dudas el ponente Antonio del Moral, magistrado de la sala de lo penal del TS, nos amenazaba con la ponencia "La Jurisdicción Contencioso Administrativa y su relación con la Jurisdicción penal".  El Sr. Del Moral es un crack en conseguir la atención en una sesión de tarde y que no se le duerma el personal, hizo una introducción donde recordaba numerosas anécdotas contadas con la gracia del sur, poniendo como ejemplo su charla a niños donde a través del premio de una chocolatina se ganaba su atención, uno de esos niños le dijo que era mejor dejar a un culpable en la calle que a un inocente en prisión, con la claridad que hablan los niños, -"si dejamos a un culpable en la calle tenemos un error, pero si encerramos a un inocente cometemos dos, el inocente que está en prisión y el culpable que está en la calle". Este niño tuvo ración doble de chocolatinas.

Al final se ha castigado al inocente y dejado sin pena al culpable, ese grave daño causado lo pagaremos a escote todos los ciudadanos de Cantabria

Le expuse al Sr. Del Moral como en una sentencia de finales de siglo pasado sobre la urbanización El Encinar en Arnuero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ve que la Comisión Regional de Urbanismo (CRU) ha podido cometer actuaciones tipificadas como delitos penales, pero cuando en el ámbito penal se van a realizar las acciones correspondientes, se encuentran que los posibles delitos e ilícitos cometidos por los miembros de esa CRU han prescrito. Lo cierto es que a los perjudicados, las víctimas, 20 años después no se les ha reparado el daño causado. Ha fallado el funcionamiento de la justicia en su ámbito administrativo, penal y la propia labor de la fiscalía. Al final se ha castigado al inocente y dejado sin pena al culpable, ese grave daño causado lo pagaremos a escote todos los ciudadanos de Cantabria, con su salud y zozobra cientos de familias. ¿Cómo es esto posible?  La respuesta es que la prescripción forma parte de la seguridad jurídica, pero que desde luego en aquel momento había instrumentos para que esta situación no se hubiera producido.

Siempre te quedan preguntas, ¿cómo después 20 años el Gobierno sigue sin tener los recursos para abonar las responsabilidades a las que ha sido condenado? ¿Cómo en tantos años los Ayuntamientos no han presentado sus PGOU ante los jueces para saber si hay posibilidades de regulaciones?, ¿qué se hace con la mayoría de las viviendas que están en suelo urbano consolidado, donde si se derriba se volverá a construir en el mismo lugar?... El primer día del curso acaba, con esa sensación de tristeza cuando te consideras víctima de actuaciones jurídicas y administrativas que tanto daño han hecho y están haciendo a nuestra Comunidad, en fin, continuará....

Historias para no dormir de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en la Magdalena
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