viernes. 19.04.2024

El Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha condenado a un año y ocho meses de prisión a un hombre que prendió fuego a 2.000 fardos de paja y hierba ocasionando un "virulento" incendio en una explotación agraria de Requejo, en Campoo de Enmedio, municipio en el que, además, se le prohíbe residir y acudir durante cuatro años y medio. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 23 de octubre de 2016 y el incendio, que fue avivado por el viento sur, ocasionó un humo de gran densidad que afectó a las viviendas del entorno y no fue sofocado hasta días después.

La magistrada considera al acusado autor de un delito de daños por incendio y, además de la pena de prisión y del alejamiento del municipio, le condena a pagar una indemnización de 61.409 euros por los daños ocasionados, que afectaron a media hectárea y provocaron la destrucción de 1.350 bolas de hierba y 700 alpacas de paja. Según la sentencia, que se ha notificado hoy martes, el hombre padece un trastorno de personalidad con rasgos esquizoides que afecta levemente sus capacidades volitivas e intelectuales.

En el momento de los hechos, esa afectación se presentaba en forma de "delirio sistematizado de persecución" centrada en la familia propietaria de la explotación agraria afectada, que le había denunciado en numerosas ocasiones.

El hombre -que ya había sido condenado por un delito de daños meses antes- fue sorprendido por uno de los miembros de la familia propietaria de la explotación cuando quemaba los fardos y es que, según manifestó este testigo a lo largo de la instrucción y en el juicio, vigilaban el lugar turnándose por las noches tras años sufriendo acoso y ataques contra bienes de su familia por parte de su vecino. Así, el día de los hechos, hacia las dos de la madrugada, vio que el acusado salía de su casa, por lo que se vistió y trató de seguirle, pero al no ver nada regresó a su finca. Fue entonces cuando observó "pequeños puntos de fuego" y le descubrió "agachado encendiendo una pastilla" y después salió "corriendo".

Días antes, alguien había cortado todos los cordeles de comprensión de las pacas de hierba compactas a la altura de la segunda fila de un apilamiento de cinco, lo que favoreció que la combustión fuera mayor. Esos cortes eran "limpios y deliberados", estaban realizados con un objeto punzante y generaban un "intenso riesgo" a la hora de desmontar el apilamiento, "incrementando intensamente el efecto dañoso pretendido", señala la sentencia. Para la juez, esta circunstancia "concuerda con las numerosas denuncias anteriores contra el encartado, también por daños contra propiedades de la familia".

El incendio se dio por controlado tres horas después de su inicio, si bien no fue totalmente apagado hasta días después. En su extinción intervinieron varios vehículos autobomba, ocho bomberos y dos voluntarios de protección civil, además de varios vecinos "ante el peligro de que por los fuertes vientos reinantes se extendiese a inmuebles sitos en las cercanías". El fuego generó "gran densidad de humo" que llegó a las viviendas de las inmediaciones, "con visibilidad prácticamente nula y dificultando en gran manera la respiración". Precisamente, el testigo que descubrió al acusado tuvo que ser ingresado en un centro hospitalario por inhalación de humo.

La sentencia apunta a varias circunstancias que contribuyeron a que el incendio fuese "virulento", entre ellas, el viento sur, la existencia de material combustible idóneo -como es la hierba de las alpacas- y el hecho de que éstas se encontraran apiladas. En este sentido, alude al informe de la Guardia Civil, que destaca el "riesgo considerable de derrumbe por manipulación" de las citadas alpacas, o que la velocidad del viento sur fue aumentando a lo largo de la noche. Ello generó una "gran densidad de humo", una "visibilidad prácticamente nula" y la llegada por el aire de "gran cantidad de pavesas, e incluso pequeñas bolas de unos diez o quince centímetros de material incandescente, con gran peligro de incendio para los inmuebles de la zona".

REINCIDENTE

En el acusado concurre una circunstancia agravante de reincidencia, ya que apenas unos meses atrás había sido condenado por un delito de daños, y una atenuante de alteración psíquica. Además, a la hora de determinar la pena la magistrada también ha tenido en cuenta la "gravedad y peligrosidad del incendio para la próxima población y para los intervinientes en las labores para sofocarlo", junto al "prolongado plazo temporal hasta su definitiva extinción, con riesgo deliberadamente incrementado y potenciado por el corte previo del cordaje de las filas de pacas".

Por otro lado, justifica la prohibición de residir en el municipio de Requejo en la "gravedad y peligrosidad de los hechos" así como "las dolencias de manía persecutoria contra el ámbito familiar de los perjudicados". Una medida que sirve para "garantizar la seguridad y la precisa tranquilidad de las víctimas, seriamente alterada". La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria.

Un hombre no podrá vivir ni visitar Requejo durante cuatro años y medio por provocar un...
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