viernes. 29.03.2024

El Juzgado de lo Social 2 de Santander ha decretado nulo el despido disciplinario de un operario de mantenimiento del Palacio de Exposiciones y Congresos de Santander por vulnerar el derecho de tutela judicial efectiva y la denominada "garantía de indemnidad", que prohíbe, tal y como precisa la sentencia, "adoptar medidas de represalia derivadas del ejercicio por el trabajador de la tutela de sus derechos".

La sentencia estima una demanda interpuesta por el sindicato UGT, que la ha dado a conocer este jueves, en nombre del trabajador en contra del despido decidido en enero de 2015 por la empresa adjudicataria del servicio de limpieza y mantenimiento del Palacio de Exposiciones, Misturas Obras y Proyectos, por una supuesta "disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo" del demandante.

El fallo judicial anula el despido porque no considera probado el argumento esgrimido por la empresa, y más, cuando según matiza la magistrada, "en aquellos casos en que el despido es susceptible de distinta valoración, el empresario ha de probar tanto que su medida es razonable y objetiva, como que no encubre una conducta contraria a un derecho fundamental".

El fallo judicial anula el despido porque no considera probado el argumento esgrimido por la empresa

El Juzgado de lo Social puntualiza que "la medida disciplinaria adoptada por la empresa no se encuentra justificada porque incumple los requisitos formales que exigen que el despido sea notificado al trabajador con elementos suficientes para que el trabajador pueda organizar su defensa".

Por el contrario, el Juzgado sí observa que "ha resultado acreditada la existencia de indicios claros de vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, que se manifiestan en la interposición por parte del trabajador de dos demandas contra la empresa, así como en reclamaciones y quejas que la representante sindical ha efectuado ante la empresa, la concejalía responsable del Palacio de Exposiciones y ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social".

Represalia inaceptables

En este sentido, la Federación de Servicios (FES) de UGT ha recordado en un comunicado que en febrero de este año remitió una carta de protesta a la concejala de Turismo, Protocolo y Relaciones Institucionales del Ayuntamiento de Santander, Gema Igual, en la que advertía que la empresa adjudicataria había despedido al trabajador "en un acto de represalia inaceptable", poco después de que éste y otros tres compañeros la demandaran por una "modificación sustancial" de las condiciones de trabajo que fue posteriormente anulada por el Juzgado de lo Social.

Además, el sindicato subraya que el trabajador despedido y que ahora deberá ser readmitido por la empresa, también la denunció por una reclamación de cantidades económicas.

UGT subraya que el trabajador despedido y que ahora deberá ser readmitido por la empresa, también la denunció por una reclamación de cantidades económicas

UGT agrega que desde que el Consistorio santanderino adjudicó el servicio de limpieza y mantenimiento del Palacio de Exposiciones a Misturas, Obras y Proyectos en mayo de 2015, la empresa "ha sido denunciada en varias ocasiones por incumplir el pliego de condiciones de la concesión en la contratación del personal necesario, en los servicios a realizar pactados y en las condiciones de prevención de riesgos laborales estipuladas".

De hecho, FES-UGT ha denunciado a la empresa en varias ocasiones "no sólo por incumplir el pliego de condiciones de la adjudicación del servicio, sino también por infringir distintas normativas laborales y de prevención de riesgos laborales, por los que la empresa ya fue requerida por la Inspección de Trabajo para adoptar hasta siete medidas con carácter de urgencia.

Anulado el despido del trabajador del Palacio de Exposiciones
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