viernes. 29.03.2024

La Audiencia Nacional ha declarado este jueves que el acuerdo del ERTE alcanzado el pasado 8 de diciembre de 2016 por Sidenor y los sindicatos UGT, CCOO y USO resulta “ajustado a derecho” en todos sus términos, según ha informado la dirección de la empresa. La compañía ha indicado que la sentencia, dictada por tres magistrados, concluye de forma unánime con la desestimación de “todas y cada una” de las pretensiones articuladas en las tres demandas interpuestas por los sindicatos vascos LAB, ELA y ESK.

En concreto, se declara el ERTE ajustado a derecho al concurrir la existencia de “causas económicas, organizativas y productivas”. Asimismo, según ha apuntado, se considera que la negociación del PAL, el Plan de Adaptación Laboral, que se llevó a cabo paralela al ERTE, “no implica ni fraude de ley, ni abuso de derecho, ni vulnera el derecho a la negociación colectiva”. Sidenor, que ha señalado que la sentencia precisa que tampoco se aprecian “defectos formales durante la negociación”, ha asegurado que la resolución concluye que está “justificado el acuerdo impugnado, absolviendo a los demandados de las pretensiones contenidas en las demandas”.

El ERTE es una de las medidas enmarcadas en el PAL que la dirección de la empresa propuso a los sindicatos durante los meses de diciembre y enero pasados con el objetivo de disponer de “mecanismos de flexibilidad que permitan tomar decisiones de forma ágil, organizada y acorde a las necesidades productivas, sin recurrir a decisiones traumáticas”. Estas medidas, junto con las nuevas inversiones anunciadas, permitirán, según ha apuntado, “recuperar la senda de la competitividad que garantice el futuro de la compañía y por tanto de los puestos de trabajo”.

La Audiencia Nacional declara “ajustado a derecho” el ERTE de Sidenor