viernes. 29.03.2024

 La Audiencia Nacional ha anulado la autorización otorgada por la Dirección General de Costas a Astilleros de Santander (Astander) para la ejecución y actividad de un punto limpio en terrenos de dominio público marítimo-terrestre, y ha ordenado la clausura de la planta de tratamiento y gestión de residuos que ocupa dichos terrenos.

La Audiencia Nacional estima de esta forma el recurso promovido en el año 2005 por la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA), al considerar que la instalación vulnera la Ley de Costas.

Esta misma autorización ha sido objeto de un largo proceso judicial. La AN desestimó en 2007 el recurso de ARCA, en una sentencia que el Tribunal Supremo anuló en 2011, tras aceptar el recurso de los ecologistas, ordenando entonces la clausura de la planta.

El fallo del alto tribunal quedó sin efecto en 2013 como consecuencia del incidente de nulidad promovido por Astander. El Supremo ordenó entonces retrotraer las actuaciones para que la empresa pudiera comparecer en el proceso.

En la sentencia de la Audiencia Nacional, se señala que la utilización de la planta para el almacenaje y tratamiento de residuos cuyo origen es ajeno al astillero, hace que resulte injustificado su emplazamiento en el dominio público marítimo-terrestre.

El fallo, que se puede recurrir ante el Supremo, también considera injustificado que no se haya llevado a cabo la valoración de alternativas para la ubicación de la planta fuera del dominio público marítimo-terrestre, lo que "vicia de nulidad" la evaluación de impacto ambiental realizada.

En la sentencia, fechada el 10 de noviembre, se señala que según el perito designado judicialmente, el almacenamiento de residuos, tanto si tienen su origen en el propio astillero, como si son ajenos al mismo, desde un punto de vista técnico, no requiere que se realice ocupando el dominio público marítimo-terrestre, pudiendo realizarse fuera del mismo, lo que "tan solo supondría incrementar unos pocos metros más el transporte desde el punto de descarga hasta otra ubicación.

Por otro lado, "no cabe desdeñar el riesgo que para el medio ambiente entraña la ubicación de la instalación de tratamiento de residuos, mucho mayor por su proximidad al mar que si se encontrara más alejada del medio marino, como corrobora el informe pericial expresado", añade la AN.

La Audiencia Nacional ordena el cierre del punto limpio de Astander
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