jueves. 28.03.2024

El Ayuntamiento de Camargo está trabajando en la reordenación del Programa de Ayuda Alimentaria y para ello está elaborando una ordenanza que establezca el funcionamiento de dicho programa que recoja los requisitos y condiciones de acceso al mismo por parte de los vecinos y familias del municipio.

Igualmente, está diseñando un plan de voluntariado social destinado a favorecer la colaboración desinteresada y altruista de todas aquellas personas que deseen ayudar en el desarrollo de este programa.

En un comunicado, la alcaldesa, Esther Bolado, ha señalado que estas iniciativas que deberán ser presentadas en Comisión para su posterior debate y aprobación en Pleno, buscan establecer los mecanismos necesarios para que el Programa de Ayuda Alimentaria se preste "con la máxima rigurosidad" y evitar así que puedan surgir problemas como las presuntas irregularidades que se han investigado y cuyo informe final se dará a conocer "en breve".

El texto propuesto sobre los voluntarios se lleva a cabo en aplicación de la Ordenanza de Participación Ciudadana

La regidora ha explicado que el compromiso del equipo de Gobierno es "garantizar la máxima transparencia" en la prestación que se realiza de este programa municipal, y por ello se está articulando una ordenanza que establezca la normativa que debe regir en la entrega de alimentos.

Voluntarios

Así, el texto propuesto sobre los voluntarios se lleva a cabo en aplicación de la Ordenanza de Participación Ciudadana, y en él se detalla que el programa de voluntariado social establece que los voluntarios realizarán tareas de colaboración material en la ordenación del stock de alimentos y su control numérico, prestarán colaboración material en la entrega efectiva de los alimentos a las unidades familiares incluidas en el programa de ayudas bajo los criterios fijados por los Servicios Municipales, participarán los en los programas y campañas de información a la población y participarán en cursos de formación y entrenamiento.

También se establecen los criterios que deben cumplir los voluntarios para colaborar con el programa, como ser vecino de Camargo mayor de edad o mayor de 16 años previa expresa autorización de sus padres o tutores, no hallarse inhabilitado para funciones públicas por sentencia firme, no padecer enfermedad o discapacidad que impida la realización de las actividades del programa, no ser trabajador municipal salvo expresa autorización de la Alcaldía sin que en ningún caso pueda coincidir los horarios de actuación voluntaria con los de prestación de servicio en el Ayuntamiento, y comprometerse con la colaboración municipal al menos durante cuatro días por semestre.

Además, deberán comprometerse a la realización de la actividad de voluntario con carácter altruista y gratuito, y se establece que las personas que presten servicios con carácter voluntario en otros programas municipales puedan incorporarse a éste, así como la incorporación al programa de voluntariado de personas beneficiarias previo informe de los Servicios Sociales y aprobación de Alcaldía y sólo para la participación en actos o gestiones en las que no se encuentren directamente beneficiados.

El plan propuesto también recoge que podrá nombrarse un coordinador que ejerza funciones de interlocutor entre los servicios municipales y los voluntarios, que se dotará a los voluntarios de prendas identificadoras que deberán vestir exclusivamente en el momento de la realización de su actividad voluntaria, y que los Servicios Sociales municipales serán los encargados de la realización del seguimiento de la acción del voluntariado.

Ordenanza

En cuanto a la ordenanza que se está elaborando del Programa de Ayuda Alimentaria, busca establecer los parámetros que rijan el servicio tras comprobarse que desde el mandato anterior viene prestándose este servicio y que existe una regulación que ha resultado insatisfactoria para la gestión y resolución de los problemas que la prestación de éste puede conllevar.

El texto propuesto indica los requisitos que tienen que cumplir las personas beneficiarias, como ser personas mayores de 18 años o emancipadas, estar empadronadas las personas que compongan la unidad familiar en Camargo con una antigüedad mínima de tres meses, no disponer de ingresos suficientes de acuerdo con unos indicadores que tienen en cuenta el IPREM y el número de personas que integren la familia, y que ninguna persona de la unidad familiar tenga en usufructo o en propiedad bienes inmuebles u otros bienes, a excepción de la propiedad que sirva de residencia habitual.

También se establece que las ayudas tienen carácter personal e intransferible, y que las ayudas podrán ser bien productos alimenticios básicos y otras ayudas en especie así como vales de alimentos a canjear en los establecimientos que se determinen.

Igualmente se recogen las obligaciones que tienen que cumplir los beneficiarios, como someterse a las actuaciones de control que le soliciten los servicios municipales, comunicar al Ayuntamiento en los 15 días naturales la variación de circunstancias que pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la concesión reconocida, la escolarización reconocida de menores a su cargo con asistencia regular y normalizada, o la necesidad de acudir al reparto de alimentos o de vales.

En el borrador de la ordenanza también se detallan los mecanismos en los que se efectuarán los repartos, la vigencia y revocación del carácter de beneficiario, así como la inclusión de otras entregas como material escolar, ayuda específica para menores, etcétera dentro de este programa.

El Ayuntamiento prepara una ordenanza para el Programa de Ayuda Alimentaria
Comentarios