viernes. 19.04.2024

Después de este descanso reparador, seguimos el camino dejando atrás el hermoso pueblo de Galizano. Vuelven las conversaciones que a Mariano le ha llegado el auto de derribo, que María ha tenido una nieta..., la vida sigue y la marcha también, ahora más suave, más llano por el tramo de la carretera de Galizano en dirección a Somo y Loredo. Cuesta volver al mismo, y es que los comienzos son difíciles, los más preparados meten la directa y hay que pedirles que nos esperen, que no todos podemos seguir ese ritmo.

La hilera de amigos,  en poco tiempo,  pasa a estar ya muy desperdigada, por el arcén de la carretera, en muchos grupos y que cada uno lleva su ritmo propio, sus propias conversaciones. Algún año hubo más motivos para la esperanza, así sucedió con  aquella ley 2/2011 de 4 de abril del Parlamento de Cantabria, por la cual, en principio, no se podían derribar nuestras viviendas, hasta que se pagase el valor de mercado de las mismas. Sin duda fue un logro importante, aunque el tiempo nos enseñaría que incluso, muchas veces, ni en las propias leyes se puede poner toda la esperanza, ya que las mismas pueden ser derogadas, declaradas inconstitucionales.  

Cuadro del museo de los horrores, realizado por Paco Laín y los amigos de ArnueroCuadro del museo de los horrores, realizado por Paco Laín y los amigos de Arnuero

Lo que hoy parece una realidad mañana puede ser otra pesadilla. Esta norma fue una de las principales reivindicaciones de nuestro colectivo en años anteriores, y uno de los puntos que más controversia jurídica iba a marcar, y con el tiempo tendría consecuencias muy positivas para los terceros de buena fe en toda España.

Viendo todo este esfuerzo realizado por personas que, en la mayor parte superan los 65 años, uno tiene la sensación de que estos amigos están hechos de otra pasta, aquí nadie se queja por hacer el duro camino, a pesar por el dolor, de esas piernas cansadas, de esas ampollas… pero  se sigue adelante, y se hace por un interés que va más allá de la defensa propia, en nuestra gente hay un principio básico, el de la solidaridad. Hay un sentimiento de que esta injusticia tiene que cesar, que no puede seguir año tras año haciendo siempre daño a tantas familias.

En el grupo que habíamos formado, íbamos contando trozos de nuestras historias por las instituciones, a veces pese a ser muy actuales parecen las batallitas del abuelo cebolleta, sobre todo para los más jóvenes que no miraban con cara de incredulidad.

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Me viene a la memoria la primera vez que fuimos a ver al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, teníamos tantas cosas que contarle, tanta esperanza en su mediación que las palabras brotaban como con vida propia de nuestras bocas. El presidente conocía perfectamente nuestro problema, incluso mucho más de lo que nosotros creíamos. Nos dejó hablar, hasta desahogarnos echando tanta pena que llevábamos dentro.

Nunca podremos comprender como la justicia nos ha dejado abandonados, cómo nunca ha tomado ninguna medida ni cautelar, ni preventiva, pese al profundo daño que las administraciones públicas nos estaban ocasionando. Pero es de justicia reconocer la amabilidad e incluso la comprensión hacia nuestra situación, es cierto que él tenía mucha experiencia, sabía y conocía perfectamente cómo y porqué se dictaron la mayoría de las sentencias de derribo, ya que de algunas de ellas incluso había participado directamente, y eso que para nosotros no tiene fácil comprensión, incluso desde el punto de vista jurídico, y a menos a la luz de la razón.

Era de esas personas que tienen empaque, que cuando hablan, digan lo que digan, tienen credibilidad. Varios fueron sus consejos, que nunca olvidaremos: Así primero nos comentó que los jueces solo aplican normas, y si esas normas no son justas, hay que pedir al poder legislativo el cambio de las mismas.

Segundo, que él no tenía competencias sobre los temas que le planteábamos, pero que había una cosa importante, lo que no se lleva por el cauce adecuado a los tribunales, a los procesos, simplemente no existe; por ello, nos animó a presentar todos los incidentes de ejecución que creyéramos convenientes con el fin de que los tribunales lo pudieran tener en cuenta. El seguía con su voz pausada, y cómo quién imparte un discurso, o expone una ponencia, nos habló de que a veces hay situaciones muy comprensibles desde el punto de vista humano, pero que no tienen un reflejo en las normas, y de que él, personalmente, lamentaba el sufrimiento de nuestras familias.

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Posteriormente hemos seguido  teniendo contactos y siempre hemos encontrado una persona comprensiva y receptiva,  es verdad que no se han solucionado los problemas, pero también que cuando andábamos más perdidos que un pulpo en un garaje sin ventanas, él, indirectamente, nos ha señalado el camino más correcto dentro de la legalidad vigente, que no es poco. Cierto, que siempre nos pasa aquello, de qué fácil es hablar, o decir lo que tienen que hacer otros, pero cuánto cuesta cambiar cualquier resolución por muy razonable sean tus razonamientos. Ese mismo día nos fuimos al Parlamento de Cantabria a seguir un camino también casi interminable por las instituciones.

La reunión con los grupos políticos sirvió como un primer contacto, y para abrir nuevos caminos, sobre todo, porque ya teníamos una idea mucho más clara; esta vez se consiguió formar un equipo con representantes de cada pueblo afectado y que a través de una serie de reuniones, se fue dando forma a las primeras modificaciones legislativas, incluso se preparó un informe con todos las modificaciones legales que se habían realizado en otras CC.AA. sobre situaciones similares a la nuestra. 

Fueron tantas las veces que fuimos a comentar, a protestar, a presentar iniciativas, proyectos, estudios en el Parlamento de Cantabria, que baste decir como anécdota, que conocemos mejor sus instalaciones que algunos miembros electos del mismo. Se formaron comisiones que realizaron un trabajo importante, en el recuerdo dos portavoces que nos ayudaron, y hoy ya fallecidos: Martín Berriolope, portavoz del Grupo Socialista, que cuando nos veía decía “que le entraban ardores de estómago”, en principio eso nos mosqueaba, hasta que nos explicó que esa situación se producía, porque no sabía cómo nos podía ayudar más. Por otra parte, el portavoz del Grupo Regionalista, Rafael de la Sierra, una de las personas que más nos ha respaldado en esa institución, no solo con su apoyo, sino con su trabajo en varias iniciativas presentadas y siempre abriendo vías para el entendimiento cuando la situaciones eran más complicadas. 

Muchas han sido las reuniones, las horas pasadas en esa institución, que se desarrollará en otros capítulos, las rondas con todos los grupos, y sobre todo la leyes, proposiciones no de Ley, Declaraciones Institucionales que han sido aprobadas por el Parlamento de Cantabria pidiendo que se diera una solución final y sin pérdida de patrimonio de los afectados antes de finalizar el año 2019.

Hay redacciones en la exposición de motivos de normas que se han aprobado en el Parlamento, que hacen un buen diagnóstico de la situación, pero lo cierto es que, en realidad, el tratamiento todavía no ha dado los resultados esperados. Un claro ejemplo son algunas de estas exposiciones de motivos que se han realizado de las normas, y a las cuales hemos contribuido con nuestras comunicaciones, así lo transmiten en estos párrafos seleccionados. 

No es posible desconocer que cuando la restauración de la legalidad urbanística exige la adopción de la más rigurosa de las medidas, la demolición de lo indebidamente edificado, su ejecución acarrea negativas consecuencias para los terceros adquirentes de buena fe, las familias que viven en los inmuebles afectados, que habiendo sido ajenos a la comisión de la infracción, posteriormente, se ven privados de uno de los más relevantes bienes de su patrimonio, en ocasiones afectado al pago de un préstamo que habrán de afrontar en todo caso sin poder disfrutar del inmueble. Estas consecuencias se tornan aún más gravosas cuando en el inmueble que hay que demoler el propietario tiene su vivienda habitual. o su patrimonio le es de una necesidad vital.

En todos estos casos, el ordenamiento jurídico configura el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración como el mecanismo adecuado para resarcir tales perjuicios, compitiendo con los poderes públicos el dotar a los perjudicados de eficaces herramientas para conseguir la pertinente restitución patrimonial.

Consciente de esta problemática, el Parlamento de Cantabria adoptó en la sesión plenaria celebrada el día 27 de julio de 2010, una resolución por la que se instaba al Gobierno a que, antes de finalizar el año, propusiera las modificaciones normativas necesarias para que a los propietarios sobre los que pesan sentencias firmes de derribo, como consecuencia de la ilegalidad de la licencia concedida, se les garantizará la indemnización del perjuicio patrimonial con carácter previo al efectivo derribo del inmueble. que daría lugar a la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, que tendría un amplio recorrido judicial hasta acabar esta Ley de Ordenación del Territorio y del Régimen Urbanístico con una modificación importante al ser declarada parcialmente inconstitucional, según ha dictado el TC en una sentencia que anulaba varias previsiones de la norma, que según al alto tribunal invadieron competencias estatales para poder frenar el derribo de unas viviendas ilegales. Es conocida como ley de derribos, y la resolución volvía abrir la incógnita sobre la ejecución de las sentencias de demolición, que habían quedado en suspenso en la CC.AA. tras la reforma incluida por el Gobierno regional dentro del plan para ofrecer una solución a las familias afectadas. 

Con esa Ley se trata de dar cumplimiento a este último mandato, introduciendo en primer lugar un mecanismo que pretende dotar de mayor seguridad al tráfico jurídico inmobiliario, propiciando la mayor publicidad de los litigios que se susciten en el ámbito urbanístico a fin de evitar mayores perjuicios a los terceros adquirentes. Para ello, se impone a los Servicios Jurídicos de la Administración Autonómica la obligación de promover la publicidad registral de los procedimientos en los que se impugnen actos de naturaleza urbanística cuando se advierta que pueden derivarse perjuicios para terceros.

Se incorporó a la legislación urbanística de Cantabria una previsión que, en el sentido indicado por la Cámara, y dentro del marco establecido por la legislación administrativa estatal, permita el abono de la indemnización con carácter previo al derribo efectivo de los inmuebles. Se trata así de evitar que a los propietarios afectados se les prive de sus inmuebles sin que por la Administración responsable del perjuicio se atiendan sus legítimas pretensiones de forma inmediata, dando una pronta respuesta a su petición resarcitoria, y evitando, al propio tiempo, que el perjudicado tenga que esperar a verse privado del inmueble, momento en el que se verifica realmente el daño, para incoar un largo proceso ante las administraciones primero, y eventualmente ante los tribunales, para conseguir ese resarcimiento patrimonial.

Recuerdo a Martín BerriolopeRecuerdo a Martín Berriolope

La ley introducía un mecanismo que, sin alterar la configuración general del instituto de la responsabilidad patrimonial, incide sobre la sustanciación del expediente, en el convencimiento de que una rápida respuesta de la Administración Pública, si bien no minorará los indudables perjuicios causados a los particulares, al menos no empeorará su situación. Por ello, la norma se limitaba a permitir la sustanciación del procedimiento de forma anticipada, sujetando la eficacia de la resolución indemnizatoria a la condición suspensiva de que el propietario del inmueble afectado ponga éste a disposición de la Administración obligada a materializar el derribo. La derogación de parte de la misma dejó un vacío, importante y pero sería sin duda gran avance para que 2015 el Senado diera protección al tercero de buena fe, en base sobre todo a los principios que la misma protegía.

Pese a esa derogación parcial de unos párrafos, que eran importantes dejó en nuestro ordenamiento autonómico, medidas para la coordinación entre administraciones. Así cuando el daño se imputa a varias administraciones, se pretende también articular un mecanismo que permita la intervención de todas ellas, ofreciendo así las herramientas para una mejor resolución del procedimiento que permita una adecuada identificación de la Administración que resulte responsable.

Las previsiones legales no alteran en modo alguno el régimen general de responsabilidad patrimonial, ni prejuzgan la Administración responsable, ni desde luego inciden sobre las diversas modalidades indemnizatorias que puedan existir al margen del sistema de responsabilidad patrimonial, a través de fórmulas urbanísticas que, como transferencias de aprovechamiento, garanticen la indemnidad del patrimonio de los particulares. Estos extremos se recogen en la normativa general, en cuyo marco se inscribe la presente regulación. Se trata, por tanto, de previsiones que se incorporan al ordenamiento autonómico de índole exclusivamente procedimental, encontrando acomodo en las competencias autonómicas sobre urbanismo y vivienda, organización administrativa propia, y especialidades procedimentales derivadas de la propia organización (artículo 24, apartados 1 y 3, y artículo 32 del Estatuto de Autonomía para Cantabria).

Esas horas de trabajo, ese esfuerzo realizado que muchas veces es invisible para muchos, cuando no se daban con la solución que esperaban cientos de familias, creaba una enorme frustración, con la que a veces no es fácil convivir; incluso hay resoluciones y sentencias de Tribunal Supremo que abolieron normas que quizás ya habrían solucionado el grave problema de las sentencias de derribo hace más de una década. 

Sin embargo, todo ese empeño también tuvo sus frutos en normas estatales que han dado soluciones a miles de familias en toda España. Una de las contribuciones más importantes que ha realizado la asociación AMA y de la que nos sentimos enormemente orgullosos, es ver, tanto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, y cómo en el código penal, artículos inspirados por nuestra actuación, sabemos que, al menos ese trabajo, aunque no ha servido tanto cómo esperábamos para nuestro colectivo, pero si lo ha hecho para otras familias por todo el Estado. Aquí siempre nos queda la duda de si “Cantabria is different” o lo que tiene es uno dirigentes más torpes e irresponsables.

Años después, el patio del Parlamento de Cantabria acogió el sábado día 2 de noviembre de 2019, el acto de entrega oficial de la resolución sobre los derribos de vivienda aprobada con el consenso de todos los grupos políticos, a la Asociación de Maltratados por la Administración (AMA).

Se trataba de una Proposición No de Ley que reclamaba al Gobierno autonómico y a los ayuntamientos que tienen en sus municipios viviendas afectadas por sentencias de derribo, una “solución definitiva y efectiva a este problema, antes de que acabase 2019.

El presidente de la institución, Joaquín Gómez, recordó que todos los grupos parlamentarios de la Cámara "volvimos a ratificar la propuesta de resolución -ya aprobada el 18 de marzo de 2019- que a su vez pedía hacer efectiva la declaración institucional rubricada dos años antes, en mayo de 2017".

"El poder legislativo se ha pronunciado con contundencia, reclamando -por tercera vez- una solución definitiva y efectiva a los derribos antes de que acabe el año", ha explicó. "Una resolución que ha de ser cumplida, no puede ser ignorada ni sufrir más dilaciones. Por ello, pedimos al poder ejecutivo –Gobierno y Ayuntamientos- que la cumplan en los plazos señalados", ha reclamó el presidente de la Cámara.

Gómez añadió que todos los grupos del Parlamento de Cantabria "reivindican que ya es hora de poner fin a la incertidumbre" y recordó a las 511 familias afectadas, "con nombre y con rostro'', y a los ya fallecidos -más de un centenar- que se fueron sin haber visto solucionado el conflicto".

El Parlamento exige una solución "definitiva y efectiva" a los derribos en 2019. el cumplimiento de la declaración Institucional de 2/5/2017 Y la Proposición No de Ley del 18 de marzo de 2019, PNL de 2 noviembre de 2019.

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Seguíamos caminando, eso sí, bastante más despacio, y poco a poco nuestro grupo se fue quedando atrás, y hubo que aumentar el ritmo para no quedar totalmente descolgados. Al llegar a la rotonda, cruce de caminos de Galizano de donde veníamos, Suesa, Somo, Loredo, llevábamos recorriendo ya numerosos kilómetros por tierras del ayuntamiento de Ribamontán al Mar. 

Nos acordamos de Araceli Colina, la teniente de alcalde que amablemente nos daba los permisos para esa zona, desde para usar los lugares comunes en Galizano, hasta poder pernoctar en el polideportivo de Latas, vaya desde estas líneas nuestro agradecimiento, así como a su alcalde Francisco Asón Pérez, fueron muchos los años y siempre hemos tenido su colaboración.

Tomábamos ya dirección hacia las playas de Somo, después de dejar la carretera comarcal 141, que habíamos seguido desde nuestra salida en Argoños. Después de pasar el camping del Arbolado, llegamos al barrio de Latas, y dejando atrás la Iglesia del mismo nombre y al otro la famosa escuela de surf. Hasta llegar al final de la etapa en el Polideportivo de Latas, donde terminaba esta etapa. Cansados, doloridos, acabamos tumbados en las campas que le rodean, allí pasamos momentos muy entrañables...

Capítulo 8. Caminando por Ribamontán al Mar para que se haga justicia
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