jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto por el alcalde pedáneo de Ongayo (Suances) contra el Gobierno de Cantabria y ha confirmado la ilegalidad de una vivienda unifamiliar construida en terreno rústico de especial protección por no ajustarse a la legalidad vigente.

En su sentencia, dictada el pasado mes de marzo, el TSJC considera que en la legalización de una vivienda ilegalmente ejecutada, la normativa de aplicación es la vigente en el momento de presentar la solicitud.

El demandante, José Ramón Rioz, solicitaba que la normativa vigente a 5 de mayo de 2015 se retrotrayera a la que estaba en vigor en 1999, fecha de expedición de la licencia de obras.

A pesar de que no solicitó en tiempo la autorización de la Comisión Regional de Urbanismo de Cantabria (CROTU), documento preceptivo antes de recibir cualquier licencia de obra debido a la naturaleza del terreno, en 1999 recibió licencia por parte del Ayuntamiento de Suances, pese a que su ejecución no se produjo hasta 2008.

En 2013, el Juzgado número 1 de Santander declaró ilegal la construcción e instó al interesado y al Ayuntamiento a solicitar la preceptiva autorización CROTU que debió requerirse en su momento. Cuatro años después, en 2017, la CROTU denegó y declaró nula la licencia otorgada por ser contraria al planeamiento legal de la Ley de Suelo de Cantabria.

El TSJC desestima íntegramente el recurso del demandante

Meses después, el Ejecutivo confirmó la decisión y desestimó el recurso de alzada que Rioz interpuso contra el acuerdo de la CROTU por el que se denegó la legalización de la vivienda al entender que la normativa que debe aplicarse debe ser "la vigente en este momento".

En el escrito de denegación, se argumentaba como causa de dicha desestimación que el suelo donde se ubica la vivienda cuya legalización se solicita viene clasificado en el Plan General de Ordenación Urbana de Suances como no urbanizable de protección agrícola, aunque en el año 1999 podía ser objeto de autorización.

El TSJC confirma estos argumentos y desestima íntegramente el recurso del demandante, al que impone las costas procesales. Contra esta sentencia cabe recuso de casación.

La sentencia ha sido dada a conocer este viernes por la parte condenada junto al Gobierno de Cantabria, que recuerda que a pesar de los pronunciamientos en contra, en noviembre de 2017 la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Suances, a propuesta de su alcalde y secundada por toda la corporación, acordó "no declarar nula de pleno derecho la licencia de obras ilegalmente emitida y condicionarla a la futura revisión del nuevo PGOU donde se prevé una recalificación del terreno ad hoc para salvar dicha construcción del derribo".

Un resolución que califica de "arbitraria y sospechosa" y que, según dice, ya ha sido recurrida y se encuentra en trámites legales.

Confirman la ilegalidad de una vivienda unifamiliar en Ongayo