viernes. 29.03.2024

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha convocado las subvenciones para el año 2018 dirigidas a ayuntamientos y juntas vecinales de Cantabria y destinadas a financiar inversiones de su competencia en edificios de titularidad pública.

El importe total de esta convocatoria asciende a dos millones de euros financiados en dos anualidades, una en 2018, por importe de un millón de euros, y otra de cuantía similar para 2019, ambas con cargo a los correspondientes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

La Consejería ha indicado que se financiarán gastos de inversión que tengan por objeto obras de rehabilitación, reforma, reparación, conservación, mantenimiento y mejora de edificios públicos destinado tanto al uso general como al funcionamiento operativo de los servicios municipales.

Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 15 días a partir del lunes 19

Además, complementariamente, se subvencionará hasta un determinado porcentaje, los gastos de inversión en las obras de urbanización y reurbanización de su entorno y los gastos en honorarios de los profesionales, así como el coste de redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.

Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 15 días a partir del lunes 19, tras la publicación del extracto de la convocatoria este viernes en el BOC.

Cada ayuntamiento o junta vecinal podrá acceder a un importe máximo de 50.333 euros. Así, la mitad de la subvención o el porcentaje mayor se abonará este año y la otra mitad o la cantidad restante irá con cargo a la anualidad siguiente.

Como norma general, las obras tendrán que realizarse en los cuatro meses siguientes a contar desde la fecha de adjudicación del contrato de obras y se mantiene la limitación que impide repetir dos años consecutivos a los municipios que resultaron beneficiarios de estas ayudas el pasado año.

Por contra, aquellos ayuntamientos o entidades locales que recibieron la subvención en la primera orden, celebrada en el año 2016, sí podrían presentarse a la convocatoria de este año, en la que se excluyen los inmuebles educativos y sanitarios, que ya disponen de otras vías de financiación.

De esta manera, los ayuntamientos que quieran acogerse a estas ayudas, además de los requisitos anteriores, tendrá que haber remitido a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, el Censo Anual de Edificios correspondiente al año de la convocatoria de la subvención.

Además, las juntas vecinales deberán haber cumplido con la obligación de presentar sus cuentas ante los organismos correspondientes del Estado y de la Comunidad Autónoma.

Convocadas las subvenciones a ayuntamientos y juntas vecinales para inversiones en...