viernes. 19.04.2024

El Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santander ha desestimado la demanda presentada por la empresa encargada de ejecutar la envolvente del edificio del Centro Botín, que es "claramente defectuosa porque las piezas cerámicas se rompen y se caen" pero no por la fabricación o composición de las mismas sino por "una deficiente ejecución del sistema de anclaje" patentado por la demandante. En una sentencia dada a conocer hoy lunes, la magistrada desestima así la pretensión de la compañía de que la empresa fabricante de las piezas cerámicas le indemnizara con 528.738 euros en concepto de daños y perjuicios. La compañía también demandó a la unión temporal de empresas Botín, contratista principal y entidad que subcontrató a la demandante, para exigir el pago de las facturas que aún no le ha abonado y la devolución de las cantidades retenidas en concepto de garantía. Entre sus razones, la empresa demandante alegaba que no tuvo ningún tipo de control respecto al diseño y producción de las piezas, y que ni siquiera pudo decidir con quién contrataba su producción, ya que ese aspecto le vino impuesto. La empresa destacó que "las piezas cerámicas presentan ciertas patologías, se están deteriorando y algunas se han llegado a desprender" y considera que "estos problemas nada tienen que ver con el sistema de sujeción creado por ella, sino que derivan de la propia fabricación, inadecuada, de las piezas".

Por su parte y por el contrario, la compañía ceramista apunta a que el problema de la rotura y caída de las piezas "se encuentra en el sistema de anclaje", y es que "la expansión térmica del sistema de sujeción es muy superior al de la cerámica, por lo tanto, ante aumentos de temperatura ese sistema actúa como una cuña en el interior del alojamiento del disco cerámico y lo rompe". También la UTE Botín se opone a la demanda argumentando que la actora "no ha terminado a satisfacción sus trabajos" y que "existe un problema con la envolvente del edificio que no se puede cuantificar".

"Nada tiene que ver la pasta de las piezas ni su composición en su rotura", sostiene la sentencia, que puede ser recurrida en apelación en un plazo de veinte días

En su sentencia, que puede ser recurrida en apelación en un plazo de veinte días, la juez repasa cada uno de los informes periciales aportados en la causa y concluye que "ha quedado acreditado que la empresa ceramista no es responsable de las patologías de las piezas cerámicas". "Como se ha expuesto a lo largo de todos los informes periciales presentados, a excepción del presentado por la actora, nada tiene que ver la pasta de las piezas ni su composición en su rotura", añade. Por el contrario, "queda acreditado que la actora no ha cumplido satisfactoriamente la obra que le fue encargada, que era ejecutar la envolvente del Centro Botín, y no la ha cumplido porque dicha envolvente es claramente defectuosa". En este sentido, la sentencia señala que "las piezas se rompen y se caen, sin que en dicha situación influya la fabricación y la composición de las piezas, sino una deficiente ejecución del sistema de anclaje, sistema que no puede entenderse secundario a las piezas, puesto que no debe olvidarse que se trata de un sistema ideado por la actora y que ha sido objeto de patente". Por todo ello, la magistrada desestima la demanda.

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