viernes. 19.04.2024

La reforma exprés de la Constitución española anunciada este lunes por el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, para eliminar aforamientos excluye a la Familia Real y a jueces, fiscales o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que gozan de fuero. Según cifras del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, en España hay actualmente casi 250.000 aforados, de los que algo más de 232.000 son miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad estatales o autonómicos y unos 17.603 pertenecen a instituciones del Estado y de las Comunidades Autónomas. La mayoría de estas personas seguirán siendo aforadas, aunque se apruebe la reforma que quiere impulsar el Gobierno, que tampoco afectará a los cinco miembros de la Familia Real que actualmente disfrutan de fuero. En 2014, tras la abdicación de Juan Carlos I se cambió la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para garantizar su aforamiento, así como el de Sofía de Grecia. También están aforados Felipe VI, Letizia Ortiz y Leonor de Borbón y en el futuro lo estará quien se convierta en el consorte de ésta. Si la reforma anunciada por Sánchez llega a buen puerto, sólo perderán el fuero, y únicamente para las actividades que no guarden relación con el desempeño del cargo, los miembros del Gobierno y los diputados y senadores que hasta ahora tienen que ser juzgados por el Tribunal Supremo en todos los casos.

No tiene, pues, intención de tocar el Gobierno el aforamiento en el ámbito judicial. Así, seguirán siendo aforados altos cargos como el presidente del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y los vocales del Consejo General del Poder Judicial, que responderán, en caso de delito, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, así como todos los jueces, magistrados y fiscales, cuyos procesos penales corresponden a los Tribunales Superiores de Justicia. Tampoco se prevén cambios en el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuyos miembros tienen una condición especial de aforamiento, que implica que deben ser juzgados por las Audiencias Provinciales en el caso de delitos cometidos en el ejercicio de su cargo. Asimismo, continuarán teniendo condición de aforados el presidente y consejeros del Tribunal de Cuentas, el presidente y consejeros del Consejo de Estado y el Defensor del Pueblo.

Por su parte, el fuero de los presidentes autonómicos y sus consejeros, así como de los miembros de los Parlamentos autonómicos, está regulado en los respectivos Estatutos de Autonomía, que establecen que deben ser juzgados en el Tribunal Superior de Justicia de cada comunidad. Para desaforar a estas personas habría que modificar esos Estatutos, algo que ya se ha hecho en Canarias, Cantabria y Murcia, cuyas reformas estatutarias están pendientes de tramitación en las Cortes.

La reforma anunciada por Sánchez para eliminar aforamientos excluye a la Familia Real y...
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