jueves. 28.03.2024

La guía del Gobierno de Cantabria responde a varias dudas que surgen una vez se implantan las restricciones de movilidad dentro de la Comunidad Autónoma. 

Respecto al deporte, estas son las respuestas a las dudas que tienen los deportistas:

  • Las instalaciones y centros deportivos pueden acoger actividades en grupos de hasta 6 personas por sala o zona de actividades, sin contacto físico, respetando siempre un aforo máximo de una persona por cada 4 metros cuadrados y manteniendo todas las medidas de prevención.
  • No podrán sobrepasar un tercio del aforo máximo permitido para la totalidad de las instalaciones.
  • La práctica de actividad deportiva de ámbito autonómico está permitida de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de 300 personas de manera simultánea en espacios abiertos, siempre que no se supere un tercio de su aforo. Está prohibida en espacios cerrados.
  • Los entrenamientos, competiciones o eventos en instalaciones deportivas pueden desarrollarse con público siempre que permanezca sentado y no supere un tercio del aforo, con un límite de 1.000 personas al aire libre. Está prohibido en espacios cerrados.
  • En las piscinas es posible la actividad en grupo con un máximo de 30 personas, sin contacto físico y sin exceder el 50% del aforo máximo al aire libre y un tercio en piscinas cerradas.
  • Está permitida la navegación deportiva siempre que el número de personas a bordo no supere el 50% de las plazas autorizadas en los certificados de la embarcación, con un máximo de 25 personas.

¿Qué normas se imponen en la práctica deportiva en Cantabria durante le restricción de...
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