sábado. 20.04.2024

El Banco Santander, como sucesor universal de Banesto, deberá hacer frente a una nueva condena, en esta ocasión de un millón de euros y por lo que el Tribunal Supremo considera una “falta muy grave” contemplada en la Ley de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

En realidad, la sentencia del Alto Tribunal confirma la sanción que ya se impuso a la entidad en junio de 2015 por parte del Consejo de Ministros. Según ha informado el tribunal en un comunicado, la infracción se refiere a la falta de documentación "justificativa" de operaciones de una cuenta bancaria de Vinícola Soto, bodega del grupo Nueva Rumasa.

En concreto, señala el texto, entre los años 2007 y 2011 los movimientos de la cuenta supusieron cargos por valor de 58 millones de euros y abonos por cuantía similar. La suma de importes cargados en la cuenta por el concepto 'Disposición efectivo en oficina' ascendió a 19,8 millones.

El Alto Tribunal recuerda en su sentencia que los recurrentes consideraban que Banesto cumplió con las obligaciones de conservación de documentos, por lo que no existía la infracción, pidiendo además que la infracción se calificase de leve, pues consideraban que no existían indicios de blanqueo de capitales y que el incumplimiento era meramente ocasional o aislado.

Sin embargo, la respuesta del Supremo es muy diferente. En primer lugar, considera que en este caso no se puede hablar de un incumplimiento ocasional, pues se han detectado un total de 601 incumplimientos (225 en ingresos de cheques, 10 en cobros de cheques, 17 en transferencias y 349 en ingresos en efectivo).

"Por lo tanto, no se puede hablar de una situación ocasional, sino que en algunos tipos de operaciones se demuestra una situación masiva, continuada y recurrente de incumplimiento", subraya el Supremo, que señala que dado que el importe total es superior a los 50 millones de euros "no puede decirse que sea irrelevante".

En cuanto a los indicios delictivos de las operaciones, la sentencia indica que están siendo investigados en el Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional.

Respecto a la cantidad de la sentencia, el Supremo la considera “proporcionada”, rechazando de este modo la intención del Banco de reducirla a 150.000 euros, argumentando además que está “en la zona de mínimos”, pues el tramo en el que se encuentra oscila entre esos 150.000 euros y 83,5 millones. Asimismo, recuerda que las operaciones en las que se han detectado irregularidades suman varias decenas de millones de euros y tienen una “relación directa” con un proceso penal.

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