viernes. 19.04.2024

La Audiencia Provincial de León ha condenado a un hombre a seis años y seis meses de prisión por un delito de violación a una mujer que presenta un leve retraso mental, por unos hechos que ocurrieron en el año 2011, hace cinco años, un caso en el que la acusación particular ha corrido a cargo de la asociación Adavas de León. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.

Según recoge la sentencia cuyo contenido ha sido dado a conocer por Adavas, los hechos ocurrieron el 30 de julio de 2011, cuando la víctima se encontraba junto con otros amigos y coincidieron con una conocida que les invitó a su casa. Una vez allí, llegó el procesado con un amigo, permaneciendo todos ellos en dicho domicilio hasta las 6:30 o 7:00 de la mañana, según publica ileon.com.

Se había hecho tan tarde que el ahora condenado se ofreció a llevar a su domicilio a la víctima y otros dos amigos. Sin embargo, en vez de a sus respectivas casas, les llevó a una finca a las afueras de la capital leonesa. Una vez dentro de una caseta que había en la finca, el procesado se acercó a la víctima, le pasó el brazo por encima y le empezó a decir cosas en el oído. La amiga de la víctima le dijo que la dejara en paz, ya que no quería nada con él. Pese a ello el agresor siguió insistiendo e intentó tocarla un pecho.

En un momento dado, el procesado llevó a la víctima fuera de la caseta, y la empezó a dar besos en el cuello y, pese a la negativa de ella la arrojó sobre unos cojines y la violó.

Una vez que la mujer llegó a casa contó lo sucedido y acudió inmediatamente al Hospital de León, de manera que ese mismo día fue reconocida por el médico forense, que elevó el consiguiente informe certificando los hechos.

Adavas remarca que la víctima tiene "un retraso mental ligero evidente para cualquier persona que se relacione con ella y, a consecuencia de la disminución de sus capacidades cognitivas y volitivas, es fácilmente manipulable o influenciable por terceras personas".

La Audiencia de León condena por estos hechos como autor criminalmente responsable de un delito violación, con la concurrencia, como circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, de la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de 6 años, 6 meses y un día de prisión, "siéndole de abono, el tiempo que lleva privado de libertad por esta causa", es decir, descontando el tiempo ya transcurrido en prisión.

También se le condena a la medida de libertad vigilada por plazo de 6 años tras el cumplimiento de la pena de prisión; prohibición de que se comunique por cualquier medio, ya sea verbal, escrito, telefónico o telemático, con la víctima por plazo de 10 años; y de aproximarse a ella a una distancia inferior a 500 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella durante dicho plazo.

Seis años y medio de cárcel por violar a una mujer con un leve retraso mental
Comentarios