viernes. 19.04.2024

El Defensor del Pueblo no descarta investigar las decisiones o medidas concretas tomadas por las administraciones públicas españolas que pudieran revelar una irregularidad en el marco de la lucha contra la pandemia de coronavirus, pero será "en el momento adecuado y contando con los elementos de juicio suficientes". Así responde el Defensor del Pueblo en funciones, el socialista Francisco Fernández Marugán, a la queja presentada por un abogado en la que instaba a investigar por qué se permitieron las movilizaciones del 8-M con motivo del Día de la Mujer así como la declaración del estado de alarma "a plazos" por anunciarlo un día antes de que se aprobara el decreto.

Fernández Marugán no hace mención expresa en su respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, a las manifestaciones del 8-M, pero sí explica que el contenido de la queja del letrado "coincide con el de otros ciudadanos que se dirigen al Defensor del Pueblo manifestando sus dudas o disconformidad con el alcance de las medidas extraordinarias que las autoridades están adoptando para evitar una mayor transmisión y propagación del virus Covid-19".

"Desde esta institución se observa permanentemente la evolución de los acontecimientos relacionados con la emergencia sanitaria nacional e internacional declarada, haciendo un seguimiento de las decisiones y disposiciones normativas que van aprobando el Gobierno y las diferentes administraciones", recuerda.

SUPERVISIÓN DE DECISIONES

Así, afirma que el Defensor del Pueblo, como "institución garante de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos", seguirá llevando a cabo "su labor constitucional y la supervisión de la actividad de las diferentes administraciones públicas españolas, aún con las limitaciones de carácter organizativo o logístico que las circunstancias pueden imponer". En este marco, la institución asegura que ha trasladado al ministro de Sanidad, Salvador Illa, "algunas consideraciones sobre los problemas generales que se están produciendo en materia de atención sanitaria y social para que todas las administraciones coordinen lealmente su acción para incrementar urgentemente la dotación de recursos del sistema sanitario, social, de la dependencia, en especial el residencial, público o privado".

Tras recordar que el Gobierno de Pedro Sánchez ha declarado el estado de alarma según lo previsto en el artículo 116.2 de la Constitución, Fernández Marugán añade que "las autoridades competentes delegadas, según lo establecido en el Real Decreto, están impartiendo las correspondientes órdenes ministeriales, resoluciones, disposiciones e instrucciones para dar una respuesta lo más rápida y eficaz posible ante la extensión de la epidemia".

"En este momento, cada administración pública conserva las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias, en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma. Por cuanto se refiere a los medios y recursos existentes para proveer atención sanitaria a la población en esta extraordinaria circunstancia, el artículo 12 del Real Decreto dispone las medidas dirigidas a reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional", explica.

MEDIDAS ANTES DEL ESTADO DE ALARMA

Pero también recuerda que hasta el momento de la declaración del estado de alarma, "las administraciones con competencia en materia de protección de la salud pública ya habían dictado diferentes órdenes e instrucciones para contener la propagación del virus", medidas que han sido "ratificadas" por el decreto del Ejecutivo.

En su explicación sobre las competencias de las administraciones, el Defensor del Pueblo remarca que en el estado de alarma "todas las disposiciones y medidas de contención del coronavirus", esto es, las relativas a limitaciones a la libertad de circulación de las personas, establecimientos, equipamientos y actividades cuya apertura al público se hubiera suspendido o condicionado, y el aseguramiento del abastecimiento de productos necesarios para la protección de la salud pública, "se adoptarán por el ministro de Sanidad como autoridad competente delegada". A este respecto, apunta que "la adopción de estas disposiciones y medidas se realizará de oficio o a solicitud motivada de las autoridades autonómicas competentes", y que estas últimas "adoptarán las medidas de la misma clase planteadas o acordadas por las entidades locales respectivas". También explica que "todos los recursos sanitarios existentes en España están ahora a disposición del ministro de Sanidad, como autoridad competente delegada, para hacer frente a la emergencia sanitaria, que es ya una pandemia global".

"Es necesario confiar en que la toma de medidas coordinadas por parte de las administraciones, con la imprescindible colaboración de todos los ciudadanos y empresas, resulte en una eficaz organización de esos recursos de manera que pueda prestarse a todas las personas que lo necesitan la ayuda y asistencia sanitaria precisas", subraya. También destaca Fernández Marugán que "el conjunto de la ciudadanía está llamada a cumplir las indicaciones y órdenes acordadas por las autoridades competentes para la protección de la salud pública de todos, siempre bajo el principio de proporcionalidad", y que el incumplimiento de las mismas está tipificado en el ordenamiento jurídico "como una infracción administrativa muy grave y como delito, con las correlativas sanciones o penas".

El Defensor del Pueblo no descarta investigar las medidas de la Administración para...
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