sábado. 20.04.2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles una modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que contempla una rebaja de las cuantías a considerar para que un contrato sea menor. En concreto, el Estado establece que los contratos menores serán aquellos “de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras” (respecto a los 50.000 euros que eran hasta ahora), y de “15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios”, rebajándose los 18.000 euros previos.

Asimismo, la modificación publicada en el BOE elimina la restricción de los contratos menores de no poder sobrepasar la cuantía con el mismo contratista en diferentes contratos, y se flexibilizan los anticipos de caja fija, que se establecen en 5.000 euros como máximo, lo que mejora las condiciones para los gestores públicos a la hora de realizar una contratación.

En todo caso, entre los cambios en la normativa se incluye que la tramitación de cualquiera de estos expedientes exigirá la emisión de un informe de la parte contratante que justifique “la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales”, es decir, que no se realiza una división de un contrato mayor en varios menores para evitar el concurso público.

“Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente”, continúa la modificación incluida en el BOE, que también exige que todo contrato menor deberá contener el presupuesto de las obras “sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto” si así se requiere.

El Estado rebaja el valor de los contratos menores a 40.000 y 15.000 euros
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