jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Santander que reconoció el derecho de los trabajadores del Centro Especial de Empleo de AMPROS a percibir complementos salariales establecidos en el convenio colectivo en vigor y al margen del incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La sentencia, dictada el pasado mes de julio y ratificada ahora por el TSJC, estimaba la demanda interpuesta por el comité de empresa a través de su presidente (CCOO), a la que se adhirió el otro sindicato del órgano de representación (UGT), señalaba "que no es absorbible" el concepto de plus de actividad mínimo exigible con la subida del SMI, condenando a Ampros a "estar y pasar por dicha declaración".

De acuerdo con la resolución, el convenio configura el plus de actividad mínimo exigible (PAME) que se abonará a aquellos trabajadores que alcancen el nivel de actividad calculado por la oficina de métodos y tiempos. Se trata de un complemento de productividad que, según el fallo, "no es compensable ni absorbible por una subida del SMI, al no tratarse de conceptos homogéneos".

Según CCOO, la empresa "se ha negado" a pagar unos complementos que eran independientes al SMI

La sentencia del TSJC ha sido dada a conocer hoy miércoles por CCOO, que ha destacado que vuelve a dar la razón a la Federación de Enseñanza del sindicato en Cantabria, que viene denunciando esta situación desde hace más de un año, "aguantando el intento de descrédito y las acusaciones" de la dirección de AMPROS.

El sindicato recuerda que el conflicto en la empresa "no era nuevo", "se vio agravado" por la decisión de la dirección de AMPROS de "reducir y hasta eliminar" desde 2018 los complementos salariales establecidos en convenio colectivo en vigor para los trabajadores de su Centro Especial de Empleo ante la subida del SMI a 735,90 euros mensuales.

Según CCOO, la empresa "se ha negado" a pagar unos complementos que eran independientes al SMI, tal y como ya sentenció el juzgado y ahora ratifica el TSJC; una medida que "ha significado una pérdida salarial anual de hasta 600 euros para cada trabajador". Para el sindicato, es "muy gratificante" que el TSJC ratifique la posición que ha mantenido la Federación de Enseñanza de CCOO a favor de los derechos de los trabajadores de AMPROS.

Según explica, el problema "viene de lejos" y hay que remontarse hasta el año 2012 para entender el origen de la situación con la nulidad del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) puesto en marcha por la empresa y que "se ha seguido agravando con la cerrazón de la empresa ante las negociaciones de un nuevo convenio".

Por ello, pide a AMPROS que "recapacite y haga caso a los fallos judiciales y acabe de una vez por todas con una situación que hace flaco favor a su personal".

El TSJC ratifica que AMPROS debe abonar a sus trabajadores los complementos salariales...
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