viernes. 29.03.2024

El 28 de julio de 1778, la Casa de Juntas de Bárcena La Puenti (Puente San Miguel) acogía un acontecimiento histórico: la aprobación de las Ordenanzas de Cantabria. Aquel 28 de julio supuso un antes y un después en la configuración política de la Cantabria moderna: la muestra inequívoca de la voluntad de los cántabros de ser precisamente cántabros y el punto de inflexión en el proceso de integración de todas las jurisdicciones cántabras en un único cuerpo administrativo común.

En la Alta Edad Media y a principios de la Baja Edad Media, el territorio cántabro estaba organizado en multitud de jurisdicciones, casi todas de realengo –dependientes del rey–. A finales de la Baja Edad Media, las presiones de los señores trataron de revertir esa relación y convertirlas en jurisdicciones solariegas –dependientes de los señores–, un conflicto que generó numerosos pleitos y en ocasiones episodios violentos. Las sentencias favorables a las jurisdicciones –y por ello a los usos y costumbres del país– animarían a estas a colaborar estrechamente entre ellas. Fruto de esos pleitos y de esa colaboración, se creó la Provincia de los Nueve Valles de las Asturias de Santillana, que durante siglos aunó voluntades entre territorios etnográficamente homogéneos pero jurisdiccionalmente independientes, adquiriendo una fortaleza que será precisamente la que la permita liderar la defensa de los derechos históricos cuando las reformas borbónicas planteen su eliminación. Otros territorios y jurisdicciones también lo intentaron, pero fue la de los Nueve Valles la que planteó el proyecto más sólido: la Provincia de Cantabria.

Aunque los acontecimientos posteriores y la implantación definitiva de las reformas liberales impidieron que cumpliera los fines para los que fue creada, la creación de la provincia abrió el camino definitivo a la integración territorial de las jurisdicciones cántabras bajo un nombre representativo, reconocido y muy significativo: Cantabria, y es que en Puente San Miguel se produjo el intento más serio de superar el atomizado marco administrativo de la Cantabria medieval desde la reclamación de lo propio y desde los propios Valles y Concejos, no por mandato superior y externo.

Las Ordenanzas de Cantabria suponen la reivindicación de esos valores. De los privilegios de las élites rurales en un contexto de superación del Antiguo Régimen –cierto es–, pero también de la voluntad inequívoca de crear un entramado administrativo y unas estructuras de autogobierno que aglutinaran a todas las jurisdicciones situadas entre el Principado de Asturias y el Señorío de Vizcaya. Esa es la verdadera trascendencia de los acontecimientos de la Casa de Juntas de Puente San Miguel: la plasmación de ser y querer ser cántabros. A partir de aquellos acontecimientos, esa voluntad de unión –basada en una cultura común– y esa unidad administrativa estará presente en cada una de las sucesivas articulaciones territoriales del Estado español, incluido el actual marco autonómico.

28 de Julio: la plasmación de ser y querer ser cántabros
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