jueves. 28.03.2024
TRIBUNALES

Archivada la denuncia contra el policía local de Santander acusado de ser jefe de campaña de Cs por falta de pruebas

El Juzgado de Instrucción de Santander considera que las imágenes y vídeos aportados por al abogado Luis Miguel Pérez Espadas no acreditan “indicio alguno de que el policía realizase actuaciones dirigidas a captar el voto” para el partido al que estaba afiliado.

Reunión de la cúpula de Ciudadanos en Cantabria antes de la salida de Juan Ramón Carrancio, David González y otros dirigentes del partido
Reunión de la cúpula de Ciudadanos en Cantabria antes de la salida de Juan Ramón Carrancio, David González y otros dirigentes del partido

El Juzgado de Instrucción Número 2 de Santander ha sobreseído y archivado la querella contra el policía local de Santander, Fernando Dou, acusado de ser el jefe de campaña de Ciudadanos Cantabria en las pasadas elecciones municipales y autonómicas de 2015. La denuncia fue interpuesta por el abogado Luis Miguel Pérez Espadas.

Una providencia del mismo Juzgado, fechada el día 1 de diciembre de 2017, declara firme el citado auto del día 2 de noviembre al no presentarse ningún recurso por las partes implicadas. Contra la misma cabe interponer recurso de reforma.

El auto señala que no se ha acreditado indicio alguno de que el policía realizase actuaciones dirigidas a captar el voto para Ciudadanos, partido al que estaba afiliado durante la campaña electoral.

El querellante aportó como pruebas una serie de vídeos y fotografías. El auto aclara que esos vídeos -en los que Dou sí actúa como "verdadero organizador" de apoderados y voluntariado en relación con el día de las elecciones, según el juez- están grabados antes de la campaña electoral. De hecho, los testigos, entre ellos la persona que realizó la grabación, certificaron que ese acto tuvo lugar en fechas anteriores al inicio de la campaña electoral, por lo que no cabe considerarlo como un acto de campaña, señala el magistrado.

En cuanto a las fotografías, el juez dice que si bien en las mismas se aprecia al policía en varios actos electorales, en ninguna se le ve realizando "ningún tipo de difusión de propaganda electoral o actividad alguna dirigida a conseguir votos".

La querella se formuló por delito electoral del artículo 144.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que establece penas de prisión de seis meses a dos años y una multa de seis meses a un año para los miembros en activo de las Fuerzas Armadas y Seguridad del Estado, y de las policías de las Comunidades Autónomas y locales que difundan propaganda electoral o lleven a cabo actividades de campaña electoral.

Los hechos se remontan a julio de 2015, cuando este abogado presentó una primera denuncia contra el policía local en el Juzgado de Instrucción Número 2 de Santander que fue sobreseída por el juez el 29 de enero de 2016 por no existir delito electoral.

Luis Miguel Pérez Espadas, residente y con despacho en Canarias, recurrió el sobreseimiento en abril de 2016, que volvió a quedar archivado. En noviembre de 2016 presentó una querella que ha sido archivada de forma definitiva.

Pérez Espadas también denunció al diputado Juan Ramón Carrancio; al concejal del Ayuntamiento de Santander, David González; al delegado Territorial, Jesús Calleja, y al letrado Roberto Morales por redactar un acta falsa de una reunión de la campaña electoral de 2015, que ha sido archivada de forma definitiva recientemente.

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