jueves. 28.03.2024

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado las demandas presentadas por las organizaciones CSI, Csica y Apecasyc contra Liberbank y otros sindicatos --UGT, CCOO y CSIF, entre otros-- por el procedimiento de despido colectivo acordado el pasado 21 de junio al considerar que se interpusieron fuera de plazo.

Concretamente, las demandas fueron presentadas por los sindicatos Corriente Sindical de Izquierdas (CSI), Asociación Profesional de Empleados de Caja de Ahorros de Santander y Cantabria (Apecasyc) y Confederación Sindical Independiente de Empleados de Cajas y Afines (Csica). Los dos primeros presentaron su demanda el pasado 26 de julio, mientras que Csica interpuso la suya al día siguiente.

Los demandantes solicitaban ante el juez que se declarasen nulas o, al menos, injustificadas, las medidas integradas en el acuerdo al que llegaron entidad y sindicatos el pasado mes de junio por el que se establecían bajas incentivadas y voluntarias para un máximo de 525 personas en España.

La defensa de la entidad alegó que la acción debía considerarse fuera de plazo, pues el periodo de caducidad era de veinte días a contar desde la fecha del acuerdo, que fue el 21 de junio de 2017.

Finalmente, la Audiencia Nacional ha dado la razón al banco dirigido por Manuel Menéndez, si bien señala en su fallo que puede presentarse un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Bajas voluntarias

El acuerdo firmado entre sindicatos y entidad establece, entre otras medidas, bajas voluntarias por prejubilación para los nacidos entre 1956 a 1959 con una remuneración de entre el 75% y el 80% del salario neto y bajas incentivadas voluntarias con indemnización de 33 días por año trabajado con un límite de 120.000 euros.

Además, se contempla una compensación económica para los empleados con salarios brutos inferiores a 30.000 euros de 400 euros en 2017 y de 800 euros para 2018 y 2019.

El plazo de ejecución del procedimiento acordado se extiende desde el 1 de julio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019, periodo durante el cual los trabajadores de la entidad tienen una jornada de trabajo reducida de entre el 10,04% y el 13,56% anual. Asimismo, se establece una reducción de jornada de entre el 18% y el 30% para hasta 50 trabjadores que lo hubieran solicitado voluntariamente.

La Audiencia Nacional da la razón a Liberbank y desestima las demandas de algunos...