martes. 23.04.2024

Los trabajadores que hayan tenido que acogerse a una excedencia o reducir su jornada laboral para el cuidado de familiares durante el estado de alarma debido a las circunstancias excepcionales relacionadas con la COVID-19 podrán solicitar a partir de este viernes 2 las ayudas económicas aprobadas por el Consejo de Gobierno la semana pasada.

La consejera de Empleo y Políticas Sociales, Ana Belén Álvarez, ha señalado que la intención de este decreto, publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, es regular las subvenciones destinadas a paliar la situación económica y compensar la reducción de ingresos de los trabajadores que solicitasen una excedencia de, al menos, un mes y, como mínimo, la reducción de un 40% de la jornada.

Para poder acogerse a las ayudas, los interesados también deberán figurar de alta como trabajadores por cuenta ajena la Seguridad Social, estar empadronados en un municipio de Cantabria y que la base impone general del IRPF correspondiente a la declaración de la renta presentada este año (Renta 2019) no supere los 26.000 euros en el caso de tributación individual y los 38.000 euros tanto si se trata de tributación conjunta como sumando las declaraciones individuales de los cónyuges o miembros de la pareja de hecho en otro caso.

La cuantía de la subvención consistirá en un pago único que ascenderá a 600 euros al mes en el caso de excedencia o si la reducción de jornada es mayor del 80%; 450 euros al mes si la reducción es mayor del 60% y hasta el 80% inclusive, y 300 euros al mes si la reducción es de entre el 40% y el 60% de la jornada, ambos inclusive.

La ayuda se otorgará por un máximo de tres meses y se calculará de forma proporcional a cada situación y duración en el caso de fracciones inferiores al mes o en el caso de cambio de los porcentajes de la reducción de jornada y de cambio de reducción a excedencia o viceversa.

Asimismo, las subvenciones serán compatibles con otros ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de este viernes. Las solicitudes deberán ir acompañados de la documentación requerida en el modelo oficia, que podrá conseguirse en la página web del Servicio Cántabro de Empleo (www.empleacantabria.es) y podrán presentarse en el Registro delegado del Servicio Cántabra de Empleo, a través del Registro Electrónico Común de Cantabria (https://rec.cantabria.es/) o en cualquier otro lugar permitido por la normativa actual.

Esta ayuda, que cuenta con una dotación presupuestaria de un millón de euros, forma parte de la batería de medidas económicas acordadas por el Gobierno de Cantabria y CCOO, UGT y CEOE en el marco del Diálogo Social bajo el título 'Acuerdo en materia de protección social, apoyo a personas, fomento del empleo y de la actividad económica'.

Las ayudas por reducción de jornada en el estado de alarma pueden solicitarse desde...
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