sábado. 20.04.2024

La empresa El Corte Inglés ha sido condenada a indemnizar con 30.360 euros a una empleada que sufrió acoso laboral durante tres años sin que desde la empresa se pusiera freno a la situación. El Juzgado de lo Social Número 3 de La Coruña condena, además, a uno de los jefes de la tienda.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, la magistrada se muestra especialmente crítica con la actuación que tuvo la empresa ante el trato vejatorio que sufrió la trabajadora en su puesto de trabajo. Según el texto, había sido diagnosticada por los médicos de sufrir un "cuadro ansioso depresivo" derivado de la situación de acoso laboral que vivía. A pesar de ello, "cualquier tipo de control brilló por su ausencia".

En un primer momento, su jefe, condenado en primera instancia, se sobrepasó con ella llamándola a su despacho para “tocarle el pelo", "pasarle las manos por la cintura" o ponérselas "en sus nalgas". Meses después, cuando la empleada decidió casarse y pidió a su superior jerárquico su permiso ordinario de 15 días para disfrutar de su luna de miel el acosador le respondió que "si se lo tenía que dar, se lo daría, pero que esto le iba a costar muy caro". En los hechos probados de la sentencia se relatan todas y cada una de las vejaciones que vivió la dependienta: gritos en público, reproches por acudir al baño, amenazas por despido disciplinario, etc.

Protocolo de acoso moral

En octubre de 2015, I.C.B inició el protocolo de acoso laboral y denunció los hechos ante la Comisión Instructora para el Tratamiento de Acoso en El Corte Inglés (CITSA), órgano que tras la investigación correspondiente emitió un informe señalando que no había quedado constatada la existencia de "acoso sexual, ni de acoso moral en el trabajo hacia la denunciante". Tres meses después, la empleada presentó una denuncia ante la Guardia Civil, que dio lugar a la causa actual.

En la sentencia, la magistrada de La Coruña sostiene que la dependienta sufrió una situación típica de acoso laboral. La juez recalca que El Corte Inglés "era conocedor de la situación habiendo hecho uso la demandante del protocolo para el tratamiento de las situaciones de acoso moral". La togada subraya que esto provoca que, por esta circunstancia, "resulta viable el establecimiento de la responsabilidad económica a cargo de la empresa al no haber ejercido el procedimiento disciplinario contra el acosador, esto es, por su conducta omisiva y, en cierto modo, permisiva con la situación".

La resolución recoge que, dado que el superior de la empleada actuó con un "poder omnímodo" sin contar con ningún tipo de supervisión por parte de la empresa, ésta es responsable civil subsidiaria de la condena de 30.360 euros impuesta al jefe de I.C.B. "La empresa debería haber implantado los controles necesarios para evitar este tipo de conductas en la empresa, estando justificada tal responsabilidad civil no solamente en los principios clásicos de la falta in eligendo o in vigilando, sino en la propia responsabilidad objetiva". Contra esta resolución cabe interponer recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El Corte Inglés deberá pagar más de 30.000 euros por consentir el acoso a una empleada