viernes. 19.04.2024

La Junta Electoral Central ha confirmado la multa de 1.000 euros impuesta a los ya exconsejeros Juan José Sota y María Luisa Real, ambos del PSOE, por participar en varios actos prohibidos en campaña electoral, como inauguraciones, y realizar, en este periodo, manifestaciones no permitidas en las que reivindicaban logros e inversiones realizadas por el Gobierno regional, vulnerando la Ley Electoral. Las multas fueron impuestas por la Junta Electoral Provincial de Cantabria el pasado 17 de junio al considerar que ambos la habían vulnerado y fue recurrida tanto por el exconsejero de Economía, Hacienda y Empleo, Juan José Sota, como la extitular de Sanidad, María Luisa Real, al considerar que no había tal vulneración. Sin embargo, en su reunión del pasado 22 de julio, la Junta Electoral Central ha desestimado los recursos interpuestos por ambos y ha confirmado la sanción, según ha podido saber Europa Press.

La Junta sostiene que algunas de las manifestaciones que realizaron tenían un "claro objeto electoralista"

En los acuerdos de la Junta Electoral Central, a los que ha tenido acceso esta agencia, se señala que los actos en los que participaron estaban prohibidos en campaña electoral, como diversas inauguraciones en las que intervinieron, al igual que algunas de las manifestaciones que en ellos realizaron. La Junta Electoral central insiste en que "toda inauguración está prohibida" por la Ley Electoral desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas. Además, señala que la Ley Electoral "prohíbe los actos organizados o financiados, directa o indirectamente por el poder público, que contengan alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por el Gobierno autonómico", algo que, según la Junta Electoral Central, hicieron Sota y Real. De hecho, la Junta sostiene que algunas de las manifestaciones que realizaron tenían un "claro objeto electoralista".

"Todas las razones esgrimidas son pertinentes y justifican suficientemente y de forma individualizada la imposición de la cuantía concreta que se ha establecido como sanción", sostiene la Junta Central tanto en lo relativo a Sota como a Real. En ambos casos, el acuerdo de la Junta Electoral Central desestimando los recursos y confirmando la multa es firme en vía administrativa y solo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación. Actualmente, ni Sota ni Real forman parte del nuevo Gobierno de Cantabria.

La Junta Electoral Central confirma la multa de 1.000 euros para Sota y Real por...
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