viernes. 19.04.2024

La Junta de Personal Docente de Cantabria ha entregado al consejero de Educación, Francisco Fernández Mañanes, un informe jurídico donde "se evidencia la cobertura legal" que tiene la jornada lectiva reducida en los meses de junio y septiembre.

En un comunicado emitido horas antes de la asamblea de maestros que ha convocado para las 18:30 de este martes, la Junta ha insistido en que la legalidad de esta media se comprueba por el hecho de que 14 comunidades autónomas tienen el mismo tipo de jornada estos meses, así como porque se recoge en una normativa que cuenta con el visto bueno de los servicios jurídicos tanto de la Consejería de Educación como del Gobierno de Cantabria.

En el informe, la Junta de Personal recuerda que el horario lectivo de tres horas diarias en junio y septiembre figura en la orden de instrucciones de organización y funcionamiento de colegios de Educación Infantil y Primaria de la Consejería de Educación de 2010.

La Junta de Personal recuerda que el horario lectivo de tres horas diarias en junio y septiembre figura en la orden de instrucciones de organización y funcionamiento

Dicha orden fue modificada en 2011 para establecer una jornada continua de "tres horas o de tres horas y media, en función del horario que tengan aprobado por la Consejería de Educación".

La orden ha sufrido otras tres modificaciones más -en 2012 y dos en 2016, ya en el marco de la LOMCE- pero ninguna sobre el horario reducido de junio y septiembre, indica la Junta, que entiende que si dicha Ley Orgánica "estableciese realmente que el horario que hay que cumplir fuera de determinadas horas anuales, habría que haber cambiado las horas de los meses de junio y septiembre, cosa que no se hizo".

De hecho, la Junta se remite a la regulación del calendario escolar en la LOMCE, que establece que será fijado anualmente por las administraciones educativas, y que "comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias".

En este sentido, los sindicatos subrayan que la ley "en ningún caso se establece un número de horas lectivas al año". "El cálculo de multiplicar 175 por 5 horas lectivas cada día para fijar un mínimo de horas que hay que cumplir, puede ser la consecuencia de tener que buscar como sea un argumento supuestamente legal para fundamentar una decisión de la Consejería actual", ha sostenido en relación a los números facilitados por el titular de Educación.

"Pero en ningún caso se fundamenta en la norma, ni se sostiene de ninguna manera, ya que los días se cumplen en todo caso. Tampoco la normativa de desarrollo estatal (reales decretos) fija un número de horas anuales", asegura la Junta.

Así, lo que "habría que respetar" son los 175 días lectivos, ha enfatizado la Junta, pero "el resto es competencia de la Consejería de Educación, que no puede escudarse en preceptos de rango superior cuya formulación no es como ellos dicen (un número de horas) para ocultar que la decisión que han adoptado ahora es una decisión suya, no una obligación determinada por normativa de rango superior".

Además, la Junta de Personal Docente ha reiterado que si estuviera vulnerando un precepto de la LOMCE, vigente desde 2013, no se habrían hecho las dos últimas modificaciones de la orden sin atender a la necesidad de respetar un número de horas en junio y septiembre.

HORARIOS

En cuanto al argumento de Educación de que deben cumplirse las horas establecidas para determinadas materias, los sindicatos recuerdan que es la Consejería la que establece las horas mínimas semanales. "El referente para el cálculo anual deben ser los días (175), no las horas (que no marca la Ley en ningún caso). En consecuencia, la reducción de jornada en junio y septiembre NO supone una merma de los días que fija la ley orgánica", insisten.

"El no haberse cambiado esos preceptos durante los años de permanencia en vigor de la LOMCE, el legislador (con el aval de los servicios jurídicos) interpretó que esa merma de horas en los meses de junio y septiembre no suponían ningún menoscabo a lo que establece la LOMCE: 175 días", subraya.

Finalmente, la Junta sostiene que la Consejería "no debería escudarse en vaguedades tales como lo dice la LOMCE". "Haría falta saber dónde lo dice: norma, capítulo y artículo o disposición. Es así como se debería fundamentar una decisión".

La Junta de Personal Docente defiende la “cobertura legal” que tiene la jornada reducida