jueves. 28.03.2024
TRIBUNALES

Reactivada parte de la querella de los exjugadores del Racing contra Lavín y Pernía por “indicios racionales” de administración desleal

La Audiencia recupera cuatro de los hechos archivados en el auto del Juzgado nº 2 de Santander, entre ellos la indemnización “injustificada” de 100.000 euros a la empresa de José Campos y el salario de Lavín de 72.000 euros anuales cuando el club “parecía abocado a su desaparición”.

Los expresidentes del Racing Ángel Lavín y Francisco Pernía
Los expresidentes del Racing Ángel Lavín y Francisco Pernía

La Audiencia provincial de Cantabria ha anulado el archivo de parte de la querella promovida por la Asociación de Exjugadores del Racing en 2012 contra los expresidentes Francisco Pernía y Ángel Lavín, a la que luego se sumaron el club y los pequeños accionistas, al apreciar "indicios racionales" de presuntos delitos de administración desleal en cuatro de los hechos archivados tras la instrucción del juez Miguel Ángel Agüero. En un auto ya notificado a las partes, y al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia estima parcialmente los recursos del Racing, la Asociación de Exjugadores y la Asociación de Pequeños Accionistas (AUPA) contra el auto del Juzgado nº 2 de Santander de hace dos años -julio de 2016- que supuso el archivo provisional del grueso de la querella, y lo revoca parcialmente. De esta forma, la Audiencia incorpora a la causa como hechos punibles la indemnización "injustificada" de 100.000 euros a la empresa Culturas, de José Campos; el contrato suscrito por Lavín con Blu Sistemas; los alquileres concertados con la Sociedad Albatros; y el salario de Lavín.

La Audiencia imputa a Pernía por el pago "injustificado" de 100.000 euros a José Campos como indemnización por despido o rescisión contractual, al entender que en cualquiera de los dos casos, supone "un desvío ilícito de dinero en perjuicio del Racing". Y en el caso de Lavín, ve indicios racionales de administración desleal en la decisión "unilateral" de asignarse un sueldo de 72.000 euros anuales en 2012 con el "supuesto cargo" de director ejecutivo, "por primera vez en los 100 años de existencia del club y pese a la gravísima situación económica de la entidad, que parecía abocada a su desaparición". La Audiencia también imputa a Lavín "la intención de desviar dinero" mediante la interposición de la empresa Blu Sistemas y Proyectos; y la renovación del alquiler de varios apartamentos en la urbanización Albatros "de forma innecesaria, a precios muy superior a los del mercado en esa zona" y pese al informe desfavorable de los administradores concursales.

Estas cuatro cuestiones se incorporan como hechos punibles al auto de hace dos años del juez Agüero, que imputó a Pernía y Lavín supuestos delitos de administración desleal y a Pernía por apropiación indebida. Agüero únicamente encontró indicios de delito en relación a la escuela de fútbol Racing Primavera en Brasil, la compra de un Audi para uso exclusivo de Pernía y el contrato que Lavín hizo a José Ignacio Urquijo como director técnico deportivo.

A la vez, ordenó el sobreseimiento provisional y archivo del resto de hechos expuestos en la querella de la Asociación de Ex-jugadores, a la que luego se sumaron el Racing y AUPA, y que en el caso de Pernía tenían que ver con el fichaje de Tchité y Smolareck, los traspasos de Zigic y Garay, comisiones pagadas a empresas relacionadas con Eugenio Botas, o el préstamo de Inmoarrabi. En el caso de Lavín, se archivaron las denuncias relacionadas con el despido de Unzué Labiano y el acuerdo indemnizatorio, la contratación de jugadores y varios técnicos, la renovación de varios arrendamiento de vivienda, el contrato de arrendamiento de servicios, la contratación de dos empleados y la inclusión de Lavín en el Régimen de la Seguridad Social.

HECHOS DESESTIMADOS

En sus recursos, exjugadores, pequeños accionistas y el propio club han intentado sin éxito mantener en la causa los fichajes de Tchité y Smolareck; la comisión de 600.000 euros por el traspaso de Garay; los gastos de representación de Pernía; la compensación de 100.000 euros por el despido de Jesús Merino como técnico del Racing; y la "administración de facto" de Pernía.

La Audiencia ha desestimado estos seis motivos. En el caso de los fichajes de Tchité y Smolareck considera que no causaron perjuicio al club pese a realizarse mediante contratos "simulados". Sobre la comisión por el traspaso de Garay señala que se corresponde proporcionalmente con el precio obtenido por la venta del jugador; y en el caso de los elevados gastos de representación de Pernía, concluye que no se ha demostrado que no sean reales. También entiende que la condición de Pernía de administrador 'de facto' tras su cese como presidente y consejero delegado, no ha quedado acreditada ni siquiera de forma indiciaria. Y sobre la compensación a Merino, concluye que fue "un compromiso verbal serio y cierto cuyo cumplimiento por el club se suscitó cuando se logró el objetivo al que iba vinculado referido a la clasificación para la UEFA por primera vez en la historia del club".

El auto del juez Agüero no fue recurrido por Pernía y Lavín, que se limitaron a impugnar, sin éxito, los recursos del Racing, AUPA y exjugadores. El auto, que también imputa a los agentes de jugadores José Ignacio Urquijo y Juan Vergara sendos delitos de apropiación indebida, pone fin a la instrucción, decreta la transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado y da traslado al Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares para que formulen escrito de acusación y soliciten la apertura de juicio oral.

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