martes. 23.04.2024

El sindicato USO ha registrado en el Ministerio de Hacienda la solicitud de que se pongan en marcha medidas fiscales excepcionales relativas a los ingresos derivados de los ERTE del coronavirus. Mediante escrito dirigido a la ministra María Jesús Montero, la Unión Sindical Obrera solicita que los ERTE “no penalicen fiscalmente a los trabajadores afectados”. Además USO propone en el escrito “que se establezca una medida excepcional de aplicación solo para el ejercicio de la Renta 2020, consistente en que no se considere al SEPE como pagador a efectos de IRPF”. De esta forma, se exonera “a los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros de la obligación de presentar declaración” y se evita “el problema de ajuste de retenciones para todos los afectados por un ERTE”.

Si el SEPE es un segundo pagador, es muy probable que deje de estar exento, pues el límite baja a 14.000 euros

Un trabajador afectado por un ERTE es muy difícil que supere los 22.000 euros anuales de rendimientos de trabajo, ya que la gran mayoría han percibido durante ese paro obligado un 70% de su base reguladora. Sin embargo, si el SEPE es un segundo pagador, es muy probable que deje de estar exento, pues el límite baja a 14.000 euros. Ello conllevará un nuevo golpe a su economía familiar el próximo año, sostienen desde el sindicato.

USO recuerda que las medidas excepcionales para los ERTE derivados del coronavirus estaban pensadas para evitar una emergencia social y el desplome insostenible del empleo. Como medidas de emergencia, requieren ser tratadas así hasta el final. Porque, además de cambiar los umbrales para presentar o no la declaración, los trabajadores tendrán un baile de retenciones que también les perjudicarán: retención previa a pasar a ERTE; retención mínima del SEPE; nueva retención al volver al empleo seguramente sin ajustar…”, afirma USO.

La petición urgente de USO queda circunscrita a los ERTE derivados directamente de la crisis sanitaria por el covid-19. No obstante, para el sindicato es necesario abrir un debate pausado para una modificación general de la tributación de los ingresos del SEPE. El trabajador ha cotizado de su nómina para las prestaciones, tributa un mínimo por la prestación y tiene además una penalización fiscal justo en su peor momento de ingresos por pérdida total o temporal de un empleo. En opinión de USO, el SEPE nunca debería ser segundo pagador a efectos de rendimientos del trabajo y esperamos que esta situación de emergencia permita avanzar también en un cambio permanente.
 

USO pide a Hacienda legislación excepcional para que los ERTE del coronavirus no...
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