viernes. 17.05.2024

Los periodos de prácticas como becario contarán de cara a la jubilación hasta cinco años. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha aprobado la orden que permitirá recuperar la cotización de aquellos alumnos que en el pasado realizaron períodos de prácticas formativas, de prácticas académicas externas o la participación de graduados universitarios, a través de estudios oficiales de doctorado en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

Los periodos no remunerados de años anteriores, que hasta el momento no contaban, se podrán incorporar mediante un pago de unos 290 euros por mes. Quienes hayan participado en esos programas podrán suscribir un convenio especial, por una única vez, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que les permitirá el cómputo de esos periodos de cotización hasta un máximo de cinco años, según ha informado el Ministerio.

La medida beneficia a antiguos alumnos universitarios; antiguos alumnos de Formación Profesional (salvo cuando las prácticas se hubieran prestado en el régimen de Formación Profesional intensiva), así como antiguos alumnos de Enseñanzas Artísticas Superiores, Enseñanzas Artísticas Profesionales y Enseñanzas Deportivas del Sistema Educativo. También a aquellos graduados universitarios que, a través de estudios oficiales de doctorado, hubieran participado antes del 4/02/2006 (fecha de entrada en vigor el Estatuto de Personal Investigador en Formación) en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

Entre los requisitos para suscribir el convenio están que las prácticas no remuneradas deberán haberse producido con anterioridad al 1 de enero de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, su realización deberá haberse producido con anterioridad al 1 de noviembre de 2011. Para acogerse a este convenio especial los interesados deberán acreditar el periodo de duración de los programas de formación en los que hubieran participado.

Estos antiguos alumnos serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. Así, la cotización por los períodos de prácticas reconocidos en este convenio especial tendrá por objeto la cobertura de las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.

La base de cotización por el convenio especial estará constituida por la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en el año 2024, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77 por 100.
 

La Seguridad Social permitirá sumar las prácticas como becario como años cotizados para...
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