viernes. 26.04.2024

La querella de los exjugadores se presentó en diciembre de 2012 y a la misma se sumaron posteriormente el Racing y la Asociación Unificada de Pequeños Accionistas (AUPA). El siguiente paso es que el juez dicte el auto de apertura de juicio oral, que también es recurrible, por lo que el proceso judicial se puede dilatar durante mucho tiempo aún.

Escuela de fútbol en Brasil

El juez ve indicios "más que suficientes" para imputar a Pernía, Urquijo y Vergara el delito de apropiación indebida en relación a la escuela de fútbol Racing Primavera en Brasil, un proyecto con el que "Pernía distrajo al menos 359.963 euros" del club.

De esa cantidad, Pernía abonó 317.000 euros a una empresa de Urquijo y Vergara "conociendo que los mismos no iban destinados al pago de trabajo o servicio alguno relacionado con la escuela". El juez recuerda que la única persona vinculada a esa empresa que prestó sus servicio en la escuela de fútbol fue Urquijo, pero éste expresamente reconoció que no se estipuló remuneración alguna a su favor más allá de un porcentaje del importe de la venta de los jugadores que pudieran salir de la escuela.

Un proyecto con el que "Pernía distrajo al menos 359.963 euros" del club

Agüero llama la atención sobre la envergadura del proyecto Racing Primavera, el "poco rigor" con el que se gestionó, "sin plan ni proyecto concreto de inversión, estudio de viabilidad, plan deportivo, y sin llevar a cabo un adecuado control en los gastos a través de una mínima contabilidad".

Por otro lado, el juez imputa a Pernía un delito de administración desleal por la compra, a cargo del Racing, de un Audi para uso exclusivo del presidente, en un momento en el que el club atravesaba ya por importante dificultades económicas (menos de un año después fue declarado en concurso de acreedores) y cuya necesidad "no venía justificada siquiera minimamente" dado que existían coches a disposición del club a través de un convenio con un concesionario.

Imputa a Pernía un delito de administración desleal por la compra, a cargo del Racing, de un Audi para uso exclusivo del presidente

En otro orden de cosas, el juez instructor ve indicios de administración desleal en el contrato que Lavín hizo a Urquijo como director técnico deportivo, en unas condiciones laborales "muy favorables", y con la finalidad, según dice el auto, de "compensarle por las pérdidas económicas que le supuso el convenio de acreedores del Racing, por la quita que implicó para los créditos que dos empresas vinculadas a él tenían con el club.

Archivo del resto de puntos de la querella

El juez ordena el sobreseimiento provisional y archivo del resto de hechos expuestos en la querella, que en el caso de Pernía tienen que ver con el fichaje de Tchité y Smolareck, los traspasos de Zigic y Garay, comisiones pagadas a empresas relacionadas con Eugenio Botas, o el préstamo de Inmoarrabi, en el que "las diligencias practicadas justifican debidamente el destino de las cantidades que se dicen desviadas".

En el caso de Lavín, el juez instructor señala que las diez actuaciones que se detallan en la querella se manifiesta que fueron realizadas sin acuerdo del Consejo de Administración. "Sin embargo, ni la falta del tal acuerdo del órgano de administración de la empresa constituye de por sí delito alguno ni tales actos fueron realizados sin autorización del Consejo", añade el auto.

Así, señala que el despido de Unzué Labiano y el acuerdo indemnizatorio, la contratación de jugadores y varios técnicos, la renovación de varios arrendamiento de vivienda, el contrato de arrendamiento de servicios, la contratación de dos empleados y la inclusión de Lavín en el Régimen de la Seguridad Social, todo ello en 2012, fueron realizados bien con el poder especial que le fue concedido por el Consejo de Administración bien como consejero delegado del mismo.

Las diez actuaciones que se detallan en la querella se manifiesta que fueron realizadas sin acuerdo del Consejo de Administración

Asimismo, señala que la decisión de Lavín de asignarse un sueldo en el club "carece de relevancia alguna desde el punto de vista penal, como tampoco la tiene el hecho de que pudiera incumplir su promesa de donar sus retribuciones a la Fundación Real Racing Club de Santander".

Determina que una vez que el auto sea firme, se abra un procedimiento separado con los hechos que se imputan a Lavín

Por último, el auto señala que la condición de administrador "de facto" que la querella atribuía a Pernía Calvo tras su cese como presidente y consejero delegado, "no ha quedado acreditada si quiera indiciariamente", por lo que el juez no ve "ningún criterio de conexión" que justifique que continúen tramitándose en el mismo procedimiento. Por ello, determina que una vez que el auto sea firme, se abra un procedimiento separado con los hechos que se imputan a Lavín.

Lavín confía en su absolución

Tras conocer el auto, Lavín ha confiado en que, al igual que se han sobreseído varias de las imputaciones iniciales contra él, el juicio dará lugar a su "absolución", una vista que espera que "sea cuanto antes mejor".

En un comunicado, el expresidente verdiblanco ha indicado que, durante los cuatro años que ha durado la instrucción, no ha perdido "en ningún momento la confianza en que, al final, se esclarecerá la verdad y se hará justicia".

Y es que, en su opinión, "en una vista pública, con las debidas garantías y con todos los medios de prueba, se desvanecerá cualquier indicio" de delito sobre gestión al frente del club santanderino.

Imputan a Pernía y Lavín por apropiación indebida y administración desleal al frente...
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