lunes. 06.05.2024
JUSTICIA

¿Es posible reclamar el impago de la pensión compensatoria?

Cada vez son más comunes los casos en los que por desgracia se produce el impago de la pensión compensatoria, y es fácil encontrar información y profesionales especialistas en la materia que pueden orientar a la parte afectada sobre las medidas a tomar para resolver este problema. A lo largo del presente artículo se presta más información sobre la pensión compensatoria para poder resolver así cualquier duda que pueda surgir al respecto.

La pensión compensatoria puede tener carácter temporal, por tiempo indefinido o tomar la forma de una prestación única
La pensión compensatoria puede tener carácter temporal, por tiempo indefinido o tomar la forma de una prestación única

En primer lugar, es necesario aclarar que la pensión compensatoria, recogida en el art. 97 CC (EDL 1889/1), es una ayuda que recibe una de las partes de la pareja que sufre la ruptura. Esta prestación se da cuando la separación de la pareja provoca un desequilibrio económico en alguna de las dos partes al compararlo con la situación en la que se encontraba económicamente cuando la pareja continuaba unida, nunca excediendo el nivel de vida con el que contaba antes de la ruptura y, siempre y cuando, pueda ser asumido por la otra parte. La pensión compensatoria puede tener carácter temporal, por tiempo indefinido o tomar la forma de una prestación única.

Para poder acceder a la pensión compensatoria es preciso solicitarla explícitamente y presentar pruebas que corroboren que el estado económico de la parte afectada ha empeorado con el divorcio o separación, e incluso que tal situación se produjo durante el matrimonio, teniendo en cuenta una serie de aspectos, como podrían ser la cualificación profesional, un desequilibrio en la capacidad económica entre ambos o la dedicación a la familia, todo esto influirá a la hora de su cálculo.

CÓMO ACTUAR ANTE EL IMPAGO DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA

Una vez aprobada la pensión compensatoria, en el caso de que la parte obligada al pago de la misma no lo haga por un periodo de 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos, se podrá proceder a la reclamación por impago de tal pensión, ya sea interponiendo una demanda civil, caso en el que será necesario contar con los servicios de un abogado y de un procurador, o reclamando por la vía penal.

A colación de lo anterior, existe al respecto una excepción, y esa es la de la situación en la que se produzca un caso de impago reiterativo y de perdón, a esperas del pago, siempre y cuando el denunciado se lo pueda permitir. En esta circunstancia, y si el pago no llega a realizarse, el tiempo máximo que se podrá reclamar será de 5 años.

Cabe destacar que, si el periodo de impago fuera superior a estos 5 años, no computarán en la reclamación aquellos que excedieran de ese periodo y se daría por perdida esa cantidad correspondiente.

No hay que pasar por alto que el hecho de no cumplir la obligación de pago de la pensión compensatoria supone un delito de abandono de familia y trae consigo una serie de consecuencias penales con la parte correspondiente. Reclamar impago pensión compensatoria es una acción que solo puede llevarse a cabo por la parte afectada o por su representante legal.

¿QUÉ OCURRE CUANDO EL PAGO NO SE PRODUCE?

Si en el que caso de que, a pesar de haber interpuesto la demanda por las vías indicadas con anterioridad, la situación de impago persiste, el deudor puede verse afectado de distintas formas por medio de un embargo.

Al hablar de embargo para cobrar la pensión compensatoria pendiente, se incluye, desde la acción de embargo de su patrimonio, hasta el bloqueo de sus cuentas bancarias y de sus nóminas para hacer frente a la deuda. Los límites del embargo del salario o de la pensión quedan establecidos en el artículo 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Tal y como se ha podido comprobar a lo largo del presente artículo, estos casos son extremadamente complejos, por lo que siempre se recomienda contar con un representante legal especializado en la materia, que pueda prestar el asesoramiento necesario antes de comenzar la reclamación legal de impago de la pensión compensatoria para evitar complicaciones durante el proceso.

¿Es posible reclamar el impago de la pensión compensatoria?
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