lunes. 29.04.2024

Los inmuebles en los que existan escudos heráldicos con una antigüedad de más de 100 años, a partir de ahora, estarán exentos de abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en el ayuntamiento correspondiente.

Así lo establece una última sentencia (0001168/2023) en el Juzgado de lo Contencioso 3 de Santander donde se estimó el recurso de un particular a un ayuntamiento costero de Cantabria.

Tuvo lugar el pasado mes de enero, cuando dos vecinos interpusieron un recurso contra la Junta de Gobierno local de su Ayuntamiento para no pagar el IBI, algo que estaba contemplado pero que tenía ciertos condicionantes como pasar ciertas revisiones periódicas o que fuese una casona abierta al público, por ejemplo.

Si el proceso va adelante, se propinará un 'hachazo' a los ingresos directos de los consistorios de la región y, especialmente, a aquellos del mundo rural.

Los núcleos urbanos modernos tienen muchas menos casas históricas en comparación con los rurales.

Los inmuebles con escudos centenarios no pagarán el IBI en Cantabria
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